manolo
A la señora MARITZA DEL CARMEN GAIBOR RIVADENEIRA su señoría se servirá ordenando conforme al Art.241 del Código de Procedimiento Penal dictando un auto de sobreseimiento reservándose el derecho de réplica.
Mientras que la fiscalía comparece a la audiencia convocada por su autoridad, paradiscutir sobe la revisión de medida cautelar de Acuerdo Reparatorio tal como lo dispone el Art. 195 de la constitución de la Republica en concordancia con el Art. 347 del Código Orgánico Integral Penal, lafiscalía previo a pronunciarse con relación al acuerdo Reparatorio materia de esta audiencia solicita que por secretaria se de lectura al mismo por cuanto se encuentra presente la ofendida en esteacto procesal.
Señor Juez la Fiscalía solicita hacerle unas preguntas a la ofendida a la Señora MARITZA DEL CARMEN GAIBOR RIVADENEIRA su; FISCAL; ¿No tiene nada que reclamar en el presente ni en elfuturo a los representantes legales ni al adolescente?; OFENDIDO:
NO, Señor Juez en este acto procesal con el interrogatorio realizado y siendo el estado de pronunciarse la fiscalía, de conformidadal Art. 348 del Código Orgánico de la niñez y adolescencia en concordancia con el Art. 37.1 inciso tercero, Señor Juez es Usted la autoridad competente para resolver lo solicitado por las partes eneste caso el ofendido así como la representante legal del adolescente infractor antes mencionado la Fiscalía acoge en todas sus partes el acta de acuerdo Reparatorio para que sea usted quien resuelva...
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