Mega
Lima, 11 de noviembre de 1997(*)
(*) Rectificado por FE DE ERRATAS
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2 de la Ley N° 26410,establece que el CONAM es el organismo rector de la política nacional ambiental;
Que el Artículo 14 del Decreto Supremo N° 048-97-PCM, establece que el CONAM está facultado para normar sobre elfuncionamiento de una estructura nacional de gestión ambiental, para el cumplimiento de la finalidad y funciones contenidas en la Ley N° 26410;
Que es necesario normar sobre el mecanismo dearticulación, integración y complementación de funciones ambientales bajo responsabilidad del Consejo Nacional del Ambiente, CONAM, con participación de las entidades y dependencias públicas de los distintosniveles de gobierno; constituyendo un Marco Estructural de Gestión Ambiental, MEGA;
Que el MEGA tiene como objetivo la armonización de las políticas sectoriales con la Política Nacional del Ambiente,la administración de los conflictos originados en la superposición de funciones o vacíos de competencia, el fortalecimiento de la capacidad de gestión ambiental del sector público, y la concertacióncon el sector privado y la sociedad civil;
De conformidad con lo acordado por el Concejo Directivo del CONAM en su sesión del 31 de octubre de 1997;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobarla norma sobre el Marco Estructural de Gestión Ambiental, MEGA.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO GALDOS JIMENEZ
Presidente del Concejo Directivo
TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
TITULO SEGUNDO DEL MARCO ESTRUCTURAL DEGESTION AMBIENTAL (MEGA)
CAPITULO 1 DEL FUNCIONAMIENTO Y ROLES EN EL NIVEL I
CAPITULO 2 DEL FUNCIONAMIENTO Y ROLES EN EL NIVEL II
CAPITULO 3 DE LAS FUNCIONES EN EL NIVEL III Y DE LOS GRUPOS...
Regístrate para leer el documento completo.