MinTra Aumento Jornada
Cuando la empresa requiere aumentar la Jornada Ordinaria de Trabajo Máxima, deberá acudir ante la Dirección Territorial delMinisterio del Trabajo donde tenga su domicilio principal y solicitar la respectiva autorización, en cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 2º del artículo 162, que determina:
2. “Las actividadesno contempladas en el presente artículo sólo pueden exceder los límites señalados en el artículo anterior mediante autorización expresa del Ministerio del Trabajo y de conformidad con los conveniosinternacionales del trabajo ratificados. En las autorizaciones que se concedan se determinará el número máximo de horas extraordinarias que puedan ser trabajadas; las que no podrán pasar de doce (12)semanales, y se exigirá al empleador llevar diariamente un registro de trabajo suplementario de cada trabajador, en el que se especifique: nombre de éste, edad, sexo, actividad desarrollada, número dehoras laboradas, indicando si son diurnas o nocturnas, y la liquidación de la sobreremuneración correspondiente.
El empleador está obligado a entregar al trabajador una relación de horas extraslaboradas, con las mismas especificaciones anotadas en el libro de registro”.
Con la solicitud de autorización se deberán acompañar, entre otros, los siguientes documentos:
1. Escrito de solicituddebidamente motivada y justificada.
2. Indicar el tiempo por el cual requieren la autorización, teniendo en cuenta que dicha autorización no puede ser indefinida.
3. Certificado de existencia yrepresentación legal.
4. Certificación expedida por el grupo de archivo sindical, de no pacto colectivo, no convención colectiva de trabajo, que podrá ser solicitada en la Carrera 13 No. 32 – 76,Piso 16, solicitud que deberá ser acompañada con el Certificado de Cámara de Comercio vigente.
5. Fotocopia del registro del copaso o vigía.
6. Fotocopia de la resolución de aprobación del...
Regístrate para leer el documento completo.