Modelo Nulidad Penal
Este índice se refiere a modelos de sentencias con casos de nulidad penal
NULIDAD-Auto No. 015/94 2
CAUSALES NO TAXATIVAS-Sentencia C-037/98 6
CAUSALES TAXATIVAS-Sentencia No. C-491/95 26
CONVALIDACION-Sentencia No. C-541/92 37
FACULTAD DEL LEGISLADOR PARA DETERMINAR CAUSALES-Sentencia C-217/96 71
IMPRODENCIA-Sentencia No. T-293/94 83
NULIDAD CONSTITUCIONAL DE PLENO DERECHODE PRUEBA – Alcance-Sentencia C-372/97 115
NULIDAD DE AUTO QUE NIEGA IMPUGNACIÓN –Presentacion ante juez que lo notifica-Auto 014A/97 134
134
NULIDAD DE PRUEBA OBTENIDA CON VIOLACIÓN DEL DEBIDO PROCESO- No es aplicable al tramite notarial-Sentencia C-091/97 139
139
NULIDAD DE PROCESO PENAL-Aplicación-Sentencia T-266/99 149
Referencia: Expediente T-177.105 150
NULIDAD DE SENTENCIA POR VIADE HECHO – Imposición de pena mayor-Sentencia T-201/97 169
NULIDAD INSANEABLE POR FALTA DE NOTIFICACIÓN- Sentencia de tutela-Sentencia T-247/97 180
NULIDAD INSANEABLE POR INCORRECTA NOTIFICACIÓN-Auto 005/97 207
NULIDAD INSANEABLE POR PRETERMICION DE INSTANCIA – Legitimación para impugnar -Auto 002/98 209
NULIDAD POR FALTA DE COMPETENCIA-Sentencia No. T-411/95 212
NULIDAD POR FALTA DE DEFENSATÉCNICA – Juez competente -Sentencia T-576/96 233
NULIDAD POR FALTA DE NOTIFICACIÓN –Saneamiento en actuaciones policivas- Sentencia T-238/96 245
NULIDAD-Auto No. 015/94
REVISION FALLO DE TUTELA-Improcedencia/SUSTRACCION DE MATERIA/NULIDAD
Dada la decisión adoptada por el tribunal de segundo grado, en cuya virtud se declaró la nulidad de lo actuado, propiciando un nuevopronunciamiento en primera instancia, no puede efectuarse la revisión pues no existe materia alguna sobre la cual ella pueda recaer en los términos constitucionales. No habiendo sentencia de tutela sobre la cual ejercer la función de revisión constitucional, carece de objeto cualquier pronunciamiento de esta Corporación.
-Sala Quinta de Revisión-
Ref.: Expediente T-40742
Acción de tutelainterpuesta por SILVIO NEL HUERTAS RAMIREZ contra el MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Magistrado Sustanciador:
Dr. JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO
Santa Fe de Bogotá, D.C., treinta y uno (31) de agosto de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, Sala Penal, se declaró incompetente para conocer de la acción de tutela de la referencia ydecidió enviarla a la Presidencia de la Sala Penal del Tribunal Superior de Santa Fe de Bogotá, para su estudio y decisión.
El Tribunal Superior de Santa Fe de Bogotá, Sala Penal, avocó el conocimiento del presente asunto y en sentencia proferida el seis (6) de mayo de mil novecientos noventa y cuatro (1994) resolvió rechazar la acción de tutela en cuanto a los derechos fundamentales depropiedad y trabajo, cesar el procedimiento en cuanto correspondía al derecho de petición y oficiar al Ministerio de Comunicaciones para que diera cumplimiento al fallo del Consejo de Estado que ordenaba suscribir un contrato.
Al ser impugnada la decisión judicial de primer grado, correspondió decidir a la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal. Esta resolvió declarar la nulidad de lo actuado a partirdel auto del Tribunal Superior de Tunja que ordenó el envío del proceso a la Presidencia del Tribunal Superior de Santa Fe de Bogotá.
El expediente que llegó a la Corte Constitucional y que fue seleccionado para revisión y repartido a esta Sala contiene apenas las fotocopias de la actuación aludida, siendo evidente que, entre tanto, el expediente original ha sido devuelto al Tribunal Superiordel Distrito Judicial de Tunja, en donde se resuelve de nuevo acerca de la petición de tutela. Ignora la Corte si, a la fecha de esta providencia, ya se ha surtido la primera instancia, si la decisión es de fondo o si la demanda fue rechazada, como lo sugirió el auto de la Corte Suprema de Justicia, y desconoce también si habrá lugar a segunda instancia por haberse impugnado eventualmente el fallo...
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