Normas Contables

Páginas: 6 (1267 palabras) Publicado: 27 de febrero de 2013
CARTERA DE CREDITOS

CUENTA CODIGO: 139.00

NOMBRE: (PROVISION PARA CARTERA DE CREDITOS)


DESCRIPCION En esta cuenta se registra el monto de las provisiones que es necesariocontabilizar ante la eventualidad de pérdidas originadas por la incobrabilidad del capital de créditos directos, estas provisiones deben constituirse contra la cuenta de gastos respectiva. La provisión para créditos registrados en cuentas contingentes, se contabilizan en la cuenta “273.00- Provisiones para créditos contingentes”.

Losbancos universales, los bancos comerciales, las arrendadoras financieras y los bancos de inversión deberán tener un índice de cobertura de un ciento por ciento (100%) del saldo de la cartera inmovilizada (vencida y en litigio), mientras que las entidades de ahorro y préstamo y los bancos hipotecarios deberán mantener dicho índice en un setenta y cinco por ciento (75%) para los créditos hipotecariosy del ciento por ciento (100%) para los préstamos comerciales. Lo anterior es aplicable cuando el total de las provisiones (genérica y específica) de la cartera de créditos (vigente, reestructurada, vencida y en litigio) determinada según las normas establecidas en la Resolución Nro. 009-1197 de fecha 28 de noviembre de 1997 resulte menor que los porcentajes antes indicados.La provisión para los microcréditos es la establecida en la Resolución Nro. 010.02 del 24 de enero de 2002, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 5.577 Extraordinario, del 31 de enero de 2002, contentiva de las “Normas Relativas a la Clasificación del Riesgo en la Cartera de Microcréditos y Cálculo de susProvisiones” emitida por esta Superintendencia.

Las provisiones se deben contabilizar en la misma moneda en que fueron pactados los préstamos que ellas regularizan.

Las provisiones específicas se originan con base a los resultados de la evaluación de los créditos que componen lacartera. Las mismas sólo disminuyen por los montos que se cancelan de capital o por el castigo. Sin embargo si la institución considera que la provisión genérica o específica se encuentra en exceso debido a que las circunstancias para su constitución han cambiado y las actuales se mantienen en el tiempo, el débito o reverso de dicha provisión debe realizarse siguiendo las instrucciones establecidasen el artículo 9 de la Resolución Nº 009-1197 de fecha 28 de noviembre de 1997, contentiva de las normas relativas a la clasificación del riesgo en la cartera de créditos y cálculo de sus provisiones, salvo que se trate de reclasificación o traslado dentro del mismo grupo de provisión.

Cuando se decida el castigo contable de uncrédito, en el cual la provisión creada no cubra el 100% de su saldo, no puede usarse la provisión correspondiente a otras operaciones, salvo que exista exceso previa autorización de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras.

Para procederse al castigo de un crédito debe contarse con autorización del directorio de lainstitución, registrándose su saldo en la cuenta de orden correspondiente.

En casos que se constituya provisión sobre créditos a deudores vinculados a la propiedad, dirección, gestión o control de la institución, éstos no deben castigarse; no debiéndose otorgar nuevos créditos al grupo vinculado, hasta que no se regularice el pago de...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Normas contables
  • normas contables
  • Normas contables
  • normas contables
  • normas contable
  • normas contables
  • Normas contables
  • normas contables

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS