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Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Novena Época
197539 2 de 3
OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO
Tomo VI, Octubre de 1997Pag. 664
Jurisprudencia(Civil)
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Octubre de 1997; Pág. 664
PAGARÉ. LA CIRCUNSTANCIA DE QUE SE EMITA EN GARANTÍA DE UN CRÉDITO NO HACE QUE PIERDASU NATURALEZA EJECUTIVA.
El artículo 1391 del Código de Comercio establece que el procedimiento ejecutivo tiene lugar cuando la demanda se funda en documentos que traigan aparejada ejecución, y enla fracción IV de dicho precepto señala al "pagaré" como de los documentos que traen aparejada ejecución; por lo que si dicho documento satisface los requisitos del artículo 170 de la Ley General deTítulos y Operaciones de Crédito, la vía procedente para reclamar su pago es la ejecutiva mercantil y la circunstancia de que el documento se emita en garantía de un crédito no hace que pierda sunaturaleza ejecutiva, toda vez que no existe disposición legal que así lo determine o de la que se pueda desprender una interpretación en tal sentido.
OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMERCIRCUITO
Amparo directo 747/93. Roth Pérez García y otra. 20 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretario: Francisco Javier Rebolledo Peña.
Amparodirecto 272/96. Arrendadora Serco de México, S.A. de C.V. 9 de mayo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretario: Francisco Javier Rebolledo Peña.
Amparodirecto 845/96. Chardel Casa de Cambio, S.A. de C.V. 17 de enero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez. Secretario: Néstor Gerardo Aguilar Domínguez.
Amparo directo 891/96.Wilfrido Rangel Moreno y otro. 31 de enero de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez. Secretaria: Ana Luisa Mendoza Vázquez.
Amparo directo 473/97. Marcos Neuman...
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