Pagares

Páginas: 13 (3211 palabras) Publicado: 6 de mayo de 2012
Localización: Quinta ÉpocaInstancia: Primera SalaFuente: Semanario Judicial de la FederaciónLXXVIPágina: 4480Tesis AisladaMateria(s): PenalFALSIFICACION, DELITO DE. Si un pagaré está calzado por una firma falsa y sirvió de base para que el quejoso, en unión de otra persona, promoviera demanda en la vía ejecutiva mercantil en contra de una sucesión y se despachó ejecución con embargo de bienes, esclaro que lo anterior pone de manifiesto el interés que tuvieron esos actores en el juicio ejecutivo mercantil, en el que se trata de hacer efectivo el documento redarguido de falso, y no habiendo demostrado el quejoso que la persona correspondiente, hubiera prestado su consentimiento para que calzara con su firma el indicado pagaré, resulta evidente que se encuentran acreditados todos y cada unode los elementos que integran el delito de falsificación, sin que obste la razón aducida con respecto a que no se comprobó que el acusado haya sido el autor material de la falsificación, porque el dato relativo al interés que demostró tener para el cobro del documento, es bastante para presumir su responsabilidad criminal, siendo en la sentencia definitiva donde se decidirá esa responsabilidad yse establecerá si tuvo el carácter de autor material de la falsificación, o en todo caso, el grado de su coparticipación delictiva.Amparo penal en revisión 2085/43. Cordero Zenón R. 11 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.|


Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de CircuitoFuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXVII, Junio de 2008
Página: 1225
Tesis: XX.3o.6 C
Tesis Aislada
Materia(s): Civil
DOCUMENTOS INDUBITADOS PARA EL COTEJO DE FIRMAS EN PERICIAL GRAFOSCÓPICA DEL JUICIO DE AMPARO. DEBEN TENERSE COMO TALES LOS DESCRITOS LIMITATIVAMENTE EN EL ARTÍCULO 140 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, APLICADO SUPLETORIAMENTE AL TENOR DE LODISPUESTO EN EL ARTÍCULO 2o. DE LA LEY DE AMPARO.
Ante la insuficiente reglamentación del trámite de la prueba pericial en la Ley de Amparo, respecto a los documentos susceptibles de considerarse como indubitados en el cotejo de firmas de la experticial grafoscópica, debe acudirse a los artículos 138, 139 y 140, en relación con el capítulo IV, título cuarto, del Código Federal de ProcedimientosCiviles, de aplicación supletoria en términos del artículo 2o. de la ley en cita, de los cuales se advierte que las partes pueden pedir el cotejo de firmas plasmadas en un documento privado cuando se niegue su autenticidad o porque se ponga en duda la misma, ofreciendo la prueba de cotejo de firmas a través de un perito, y si bien es cierto que el oferente tiene el derecho de designar el documentoindubitado, también lo es que ese derecho no es irrestricto, ya que debe ceñirse a los tipos de documentos limitativamente descritos en el artículo 140 invocado, atendiendo a que el legislador de manera expresa señaló escrupulosamente los tipos de documentos que "se considerarán indubitados para el cotejo", en aras de brindar una adecuada certeza jurídica a las partes, razón por la cual deben estimarsecomo los únicos idóneos para ese fin, ya que en caso de adoptarse una postura contraria e interpretar que esa descripción legislativa es enunciativa y no limitativa, quedaría a discreción de las partes y del juzgador la calificación sobre la idoneidad analógica de los tipos de documentos indubitados, propiciando así una indeseable incertidumbre jurídica en el desahogo de una probanza designificativa trascendencia en el resultado de la litis, que fue lo que precisamente el legislador pretendió evitar.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.
Queja 53/2007. José Luis Jiménez Vázquez. 6 de marzo de 2008. Mayoría de votos. Disidente: Ma. Carmen Pérez Cervantes. Ponente: Luis García Sedas. Secretaria: Marisela Ramírez de la Cruz.


Localización:
Novena Época
Instancia:...
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