Políticas Públicas
Artículo 11-A.- Las personas que resulten afectadas por incumplimiento de las disposiciones del Sistema Nacional deCoordinación Fiscal y de las de coordinación en materia de derechos podrán presentar recurso de inconformidad ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dentro de los cuarenta y cinco días hábilessiguientes a aquél en que haya surtido efectos la notificación del requerimiento o, en su caso, a partir de la fecha de pago de la contribución que corresponda. No procederá la interposición del recurso deinconformidad cuando se refiera a la interpretación directa del texto constitucional.
El recurso de inconformidad, podrá presentarse por un conjunto de contribuyentes que tengan un representantecomún. Para estos efectos los sindicatos, las cámaras de comercio y de industria y sus confederaciones, podrán fungir como representantes.
El recurso de inconformidad se tramitará conforme a lasdisposiciones que sobre el recurso de revocación establece el Código Fiscal de la Federación, con las siguientes modalidades:
I.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público oirá a la entidad de que setrate.
II.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público solicitará un dictamen técnico a la Junta de
Coordinación Fiscal.
LEY DE COORDINACIÓN FISCAL
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE...
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