Ponencia UTA RPA

Páginas: 25 (6152 palabras) Publicado: 25 de mayo de 2015
Introducción
La ley sobre responsabilidad penal de adolescentes (LRPA), Nº 20.084, creó un sistema especial de responsabilidad penal para los adolescentes entre 14 y 17 años, poniendo fin al sistema binario imputabilidad/ inimputabilidad que establecieron los arts. 10 Nº 2 y 3 del Código Penal basado en la declaración judicial sobre el discernimiento del menor, y somete el enjuiciamiento penaldel adolescente a las garantías del debido proceso existentes con anterioridad para los adultos, corrigiendo así un defecto insostenible del ordenamiento positivo chileno ampliamente criticado por la doctrina.
La Ley recoge los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño ratificada por Chile en 1990, y con ello traza una línea de continuidad entre la infancia y la condición deciudadanía. El “interés superior del niño” no sólo debe orientar sino limitar el poder punitivo estatal y el conjunto de las políticas públicas enfocadas hacia los niños y adolescentes; es decir, la edad del joven sólo puede constituir un factor de aseguramiento reforzado del goce de sus derechos y jamás de exclusión de su goce actual y efectivo. La ley busca terminar con el tradicional paradigmapseudopaternalista del derecho de menores y reemplazarlo por el de la responsabilidad diferenciada (respecto de los adultos), sistema incomparablemente más garantista y más respetuoso del adolescente que el viejo sistema “pedagógico” de “medidas” impuestas informal y arbitrariamente por el juez de menores.
El proceso de desarrollo del joven demanda al Estado no sólo reacciones diferenciadas a lasprevistas para los adultos infractores, sino también un menor catálogo de conductas punibles. En suma, un “derecho penal mínimo” y menos severo, tanto en la tipificación de los delitos cuanto en la cantidad y calidad de las sanciones. Ello significa comprender la delincuencia juvenil más como un problema social antes que criminal, que, en lo posible, debe ser enfrentado primordialmente con políticasde asistencia o con medios extrapenales de conciliación de los conflictos, antes que con estériles medidas represivas.
Por consiguiente, el joven no debe responder penalmente por los mismos comportamientos que resultan reprochables en un adulto, pues aquél todavía se halla en medio del proceso de internalización y asunción de los mandatos y prohibiciones que constituyen la base de lasinfracciones penales y, por otro lado, no parece razonable hacer exigibles bajo amenaza penal ciertas conductas que presuponen la calidad de ser portador competente de roles en el tráfico jurídico-social y económico cuando el propio derecho no considera a los jóvenes plenamente capaces para desempeñarse en ellos. Por ello, autores especialistas en esta materia consideran problemática una utilizaciónuniversal de la categoría sistemática jurídico penal de la “culpabilidad” en el derecho penal de los adolescentes, pues los presupuestos e implicancias de dicho concepto no se ajustan a la situación psicosocial de éstos.

2. De las sanciones y su finalidad.

El art. 6º de la LRPA establece una “escala general” de sanciones para los adolescentes, “en sustitución de las penas contempladas en el CódigoPenal y en las leyes complementarias”. Tal escala distingue, primeramente, entre las penas de delitos, penas de faltas y, finalmente, una pena accesoria. Se advierte inmediatamente que existen dos penas privativas de libertad, sólo aplicables a los delitos: la internación con programa de reinserción social en régimen cerrado o semicerrado. También se contemplan dos penas con mayor o menor intensidadde control y asistencia socioeducativa del adolescente, la libertad asistida y la libertad asistida especial, y dos penas comunes a los delitos y faltas: la prestación de servicios en beneficio de la comunidad y la reparación del daño causado. Las faltas tienen asignadas, además de las dos anteriores, la multa y la amonestación. Se prevé como pena accesoria la prohibición de conducir vehículos...
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