practicas preprofecionales y profecionales
CONVENIO DE PRACTICAS PRE-PROFESIONALES Y PRÁCTICAS PROFESIONALES
1. INTRODUCCION:
Es una intermediación laboral, que tiene como finalidad fomentar una adecuada interconexión entre la oferta formativa y la demanda del mercado laboral, seleccionando e intermediando a beneficiarios inscritos en las diferentes modalidades formativas labórales, promoviendo así, la igualdad de oportunidadespara mejorar la empleabilidad.
LEY SOBRE MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES (LEY Nº 28518)
CAPÍTULO I : DE LAS MODALIDADES FORMATIVAS
Artículo 1.- Modalidades formativas
Las modalidades formativas son tipos especiales de convenios que relacionan el aprendizaje teórico y práctico mediante el desempeño de tareas programadas de capacitación y formación profesional.
Artículo 2.- Tipos demodalidades formativas
Las modalidades formativas son:
1. Del aprendizaje:
a. Con predominio en la Empresa.
b. Con predominio en el Centro de Formación Profesional:
b.1 Prácticas Pre profesionales.
2. Práctica Profesional.
3. De la Capacitación Laboral Juvenil
4. De la Pasantía:
a. De la Pasantía en la Empresa.
b. De la Pasantía de Docentes yCatedráticos.
5. De la actualización para la Reinserción Laboral.
Artículo 3.- Derechos y beneficios
Las modalidades formativas no están sujetas a la normatividad laboral vigente, sino a la específica que la presente contiene.
Artículo 4.- Centros de Formación Profesional
Son entidades especializadas los Centros de Formación Profesional debidamente autorizados por el Ministerio de Educación;los Servicios Sectoriales de Formación Profesional, y otros que se creen con igual finalidad y a los que la Ley les otorgue tales atribuciones.
Asimismo, los Servicios de Formación Profesional debidamente autorizados por el sector de competencia, gestionados por organizaciones, empresas, gremios empresariales y organizaciones sindicales que reúnan los requisitos de calidad y pertinencia segúnlos lineamientos de la Política Nacional de Formación Profesional.
Dichas entidades se rigen por sus normas especiales y las que señala la presente Ley.
CAPÍTULO II : DEL APRENDIZAJE
Artículo 6.- Finalidad
Mediante esta modalidad se busca complementar la formación específica adquirida en el
Centro, así como consolidar el desarrollo de habilidades sociales y personalesrelacionadas al ámbito laboral.
Artículo 7.- Convenio de Aprendizaje
Es un acuerdo de voluntades, responsabilidades y obligaciones celebrado entre la empresa, el Centro de Formación Profesional y el aprendiz. Pueden celebrar Convenios de Aprendizaje las personas mayores de 14 años, siempre que acrediten como mínimo haber concluido sus estudios primarios.
Artículo 8.- La empresa
Corresponde a laempresa brindar facilidades al aprendiz para que realice su aprendizaje práctico, durante el tiempo que dure su formación profesional, mediante la ejecución de tareas productivas correspondientes a un Plan Específico de Aprendizaje previamente definido por el Centro de Formación Profesional, así como a permitirle asistir a las actividades formativas complementarias programadas por estainstitución.
Artículo 9.- El aprendiz
El aprendiz se obliga a cumplir las tareas productivas en una empresa por tiempo determinado, conforme a la reglamentación y normatividad de ésta y del Centro de Formación Profesional.
Artículo 10.- El Centro de Formación Profesional
Corresponde a las entidades especializadas en Formación Profesional, planificar, dirigir y conducir, a nivel nacional, lasactividades de capacitación, perfeccionamiento y especialización de los aprendices en el ámbito de sus competencias, así como evaluar y certificar las actividades
Formativas.
Artículo 12.- Del aprendizaje con predominio en el Centro de Formación Profesional:
Prácticas Pre profesionales
Es la modalidad que permite a la persona en formación durante su condición de estudiante aplicar sus...
Regístrate para leer el documento completo.