PRESCIPCION TESIS INTERRUPCION

Páginas: 48 (11875 palabras) Publicado: 16 de junio de 2015
Época: Quinta Época
Registro: 347126
Instancia: Tercera Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Tomo XCI
Materia(s): Civil
Tesis:
Página: 791

PRESCRIPCION POSITIVA, INTERRUPCION DE LA (LEGISLACION DE VERACRUZ).

El Código Civil del Estado de Veracruz consagra, en forma limitativa y específica, determinados modos o medios de interrumpir la prescripción,que son: a) Que el poseedor sea privado de la posesión; b) Que se entable demanda u otro cualquier género de interpelación judicial y se notifique al poseedor o al deudor, en su caso; y c) Que la persona a cuyo favor corra la prescripción, reconozca expresamente, de palabra o por escrito, o tácitamente, por hechos indudables, el derecho de la persona contra quien prescribe. Tratándose del segundode los indicados medios, debe decirse que para que la interrupción de la prescripción tenga lugar por virtud de demanda, es necesario que ésta se entable para disputar la posesión o la propiedad, en su caso.

Amparo civil directo 9653/42. González Suárez José María y coagraviados. 27 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en este asunto por las razonesque constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.
Época: Décima Época
Registro: 160379
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Libro IV, Enero de 2012, Tomo 5
Materia(s): Civil
Tesis: II.4o.C.62 C (9a.)
Página: 4576

PRESCRIPCIÓN POSITIVA. RESULTA PROCEDENTE ESTA ACCIÓN CON SUSTENTO EN ELDELITO DE DESPOJO, CONFORME A LA LEGISLACIÓN CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO (ABROGADA).

La interpretación sistemática y funcional de los artículos 910, 911, 912 y 915 del Código Civil del Estado de México, abrogado, ponen de manifiesto, que durante su vigencia, la usucapión era un medio de adquirir la propiedad de los bienes mediante la posesión de los mismos durante el tiempo y las condicionesestablecidas en la ley (910); asimismo, si bien se establecía como un requisito para lograr la prescripción positiva, que la misma fuera en concepto de propietario, de manera pacífica, continua y pública (911), en cuyo caso, la jurisprudencia de la actual Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha establecido el requerimiento de probar la causa generadora de la posesión. Sin embargo, aquellalegislación permitía que la posesión adquirida por medio de algún delito se tendría en cuenta para la usucapión a partir de la fecha en la cual hubiera quedado extinguida la pena o prescrita la acción penal, considerándose la posesión como de mala fe (915); en cuyo supuesto, la prescripción operaba en el plazo de diez años al ser la posesión de mala fe (912, fracción III); por tanto, en ese caso, como laposesión se adquiría por medio de un hecho ilícito, conforme a la legislación abrogada debe entenderse que era innecesario acreditar la existencia de un justo título, o la causa generadora de la posesión, como actualmente se exige, pues la causa por medio de la cual se generaba la posesión de inmueble era el delito de despojo. Bajo esta tesitura, si de acuerdo con la pretensión deducida por el actoren el juicio (con sustento en la legislación civil abrogada) reclama la prescripción positiva de un inmueble, y en los hechos de la demanda, la causa de pedir se orienta a destacar haber adquirido su posesión mediante la mera intromisión, traducida en el delito de despojo, entonces, es incorrecto que sobre esa dimensión deba exigirse la justificación de la causa generadora de su posesión, o sea,el acto jurídico que le dio origen; pues es inconcuso, lo hizo basado en la ejecución de un hecho ilícito, y eso es lo que debe valorarse, o sea, los hechos de la demanda y las pruebas presentadas para ese efecto a fin de determinar la procedencia o no de la acción ejercida.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 704/2011. Francisco Javier González...
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