PRESENTACION LEY 19345 GRUPAL
Constitución
Política
de
la
República:
“El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y derehabilitación del individuo”
CUMPLIMIENTO MANDATO CONSTITUCIONAL
FONASA
ISAPRES
ACCIDENTE O ENFERMEDAD DE ORIGEN LABORAL
Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y EnfermedadesProfesionales
PRESTACIONES
LEY 16.744
A QUIENES PROTEGE?
• Trabajadores/as por cuenta ajena, que presten servicios bajo subordinación
y dependencia, esto es bajo, un contrato de trabajo (escriturado o no),incluyendo a los/as trabajadores/as de casa particular y los aprendices.
• Los funcionarios públicos de la Administración Civil del
Estado, municipales y de instituciones administrativamentedescentralizadas del Estado.
• Los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen una fuente de
ingreso para el respectivo plantel.
• Los trabajadores independientes y los trabajadores familiares.
• Losestudiantes de establecimientos municipalizados o particulares, por los
accidentes que sufran a causa o con ocasión de sus estudios o en la
realización de su práctica educacional (Decreto Supremo Nº313,
MINTRAB).
LEY Nº 19.345
APLICACIÓN DE LA LEY Nº 16.744
SEGURO SOCIAL
RIESGOS DE ACCIDENTES
LABORALES
ENFERMEDADES
PROFESIONALES
TRABAJADORES
SECTOR
PUBLICO
SE APLICA A LOS SIGUIENTESTRABAJADORES
DEL SECTOR PUBLICO:
Trabajadores de la administración Civil del
Estado
Instituciones de educación superior del
estado.
Municipalidades.
Poder Judicial.
Congreso Nacional
CON EXCEPCIONTRABAJADORES DE EMPRESAS PUBLICAS
GOBIERNO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
FAMAE
ASMAR
LEY Nº 16.744.
ENAER
ARTICULO Nº 6, LEY 19.345.
• El Reglamento que señala el artículo 66 de la ley
Nº 16.744establecerá la forma como habrán de
constituirse y funcionar, en las entidades
empleadoras señaladas en el inciso primero del
artículo 1º de la presente ley, los Departamentos
de Prevención de...
Regístrate para leer el documento completo.