prexor
DESARROLLO DE PROGRAMAS DE VIGILANCIA DE
LA PÉRDIDA AUDITIVA POR EXPOSICIÓN A RUIDO
EN LOS LUGARES DE TRABAJO
PREXOR
Marco Legal
ConstituciónPolítica del Estado
Código Sanitario
Código del Trabajo
Ley N° 16.744, Ministerio del Trabajo y Previsión Social
D.S. N° 594/99, Ministerio de Salud
D.S. N° 101/68, Ministerio del Trabajo yPrevisión Social
D.S. N° 109/68, Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Epidemiología
Dentro de las enfermedades profesionales, la
hipoacusia por exposición a ruido laboral,
presentadesde tiempos remotos una alta
prevalencia, principalmente en países
industrializados. El número estimado de
personas afectadas por esta patología en el
mundo, ha aumentado de 120 millones en el
año1995 a 250 millones en el año 2004.
Según datos que maneja la Sociedad Chilena de
Otorrinolaringología, entregados por el Servicio de Salud
Metropolitano del Ambiente, la sordera ocupacionales
una de las primeras causas de discapacidad producida
por una enfermedad profesional. Alrededor del 30% de
la población trabajadora está expuesta a niveles de
ruido que provocan daño auditivoirreparable.
DIFUSIÓN
Este protocolo deberá ser conocido por los
profesionales relacionados con la prevención
de riesgos laborales, médicos, enfermeras y
todos los profesionales de losadministradores
del seguro de la Ley 16.744, como también de
los empleadores y trabajadores que están
involucradas en los programas de vigilancia.
Además, deberán conocerlo los expertos
en prevenciónde riesgos de las empresas,
los miembros de comité(s) paritario(s), los
dirigentes sindicales, trabajadores y los
empleadores de las empresas en que
existe la exposición ocupacional a ruido.RESPONSABILIDADES
La aplicación del presente protocolo es de
carácter obligatorio para los administradores
del seguro de la Ley Nº 16.744, para las
empresas y trabajadores donde exista...
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