DECRETO 1538 2.005Ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo, reglamenta la anterior Ley al presentar disposiciones aplicables para: . Diseño, ampliación, construcción, modificación y en generalcualquier intervención u ocupación de vías públicas, mobiliario urbano y además espacios de uso público.. El diseño y ejecución de obras de construcción, ampliación, adecuación y modificación deedificios y establecimientos e instalaciones de propiedad pública o privada y de uso al público. | LEY 982 2.005Establece normas tendientes al equipamiento a las personas de limitación sensorial y se dictanotras disposiciones:ART 4: el Estado garantizará y proveerá la ayuda de intérpretes y guías idóneos para que sea este un medio a través del cual las personas sordas y sordo ciegas puedan acceder atodos los servicios que como ciudadanos colombianos, les confiere la Constitución.ART 8: establece que las entidades estatales de cualquier orden, incorporen en sus programas de atención al cliente elservicio de interprete para las personas con limitación sensorial lo necesiten. | LEY 982 2005ARTICULO 15Declara que todo establecimiento o dependencia del Estado y de los entes territoriales conacceso al público, deberá contar con señalización, avisos, información visual y sistemas de alarmas luminosas aptas para su reconocimiento por personas, ciegas, sordo ciegas e hipoacausicas. | LEY 361 DE1.997Establece mecanismos de integración social de las personas con limitación.ART 43Establece las normas y criterios básicos para facilitar la accesibilidad a las personas con movilidad reducida ocuya capacidad de orientación se encuentre disminuida por la edad, analfabetismo, limitación o enfermedad.Busca suprimir toda clase de barreras físicas en las vías y espacios públicos y del mobiliariourbano, en edificios, medios de transporte y comunicación | ARTICULOS 13, 47,54 Y 68Ratifica la dignidad que le es propia a las personas en condición de discapacidad, en sus derechos fundamentales,...
Leer documento completo
Regístrate para leer el documento completo.