Propuesta De Un Producto Turístico Cultural:
Con el propósito de comprender el funcionamiento de la ley y sus alcances se vuelve necesaria la definición de los siguientes términos.
Fondos de capitalización laboral.Los constituidos con las contribuciones de los patronos y los rendimientos o productos de las inversiones, una vez deducidas las comisiones por administración, para crear un ahorro laboral yestablecer una contribución al Régimen de Pensiones Complementarias.
Fondos de pensiones complementarias. Los constituidos con las contribuciones de los afiliados y los cotizantes de los diversos planes depensiones y con los rendimientos o los productos de las inversiones, una vez deducidas las comisiones.
Régimen de Pensiones Complementarias. Conjunto de regímenes de pensiones complementarias alRégimen de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS o de los regímenes públicos sustitutos.
Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias. Sistema de capitalización individual, cuyos aportes seránregistrados y controlados por medio del Sistema Centralizado de Recaudación de la CCSS y administrado por medio de las operadoras elegidas por los trabajadores.
Régimen Voluntario de Pensiones Complementarias.Sistema voluntario de capitalización individual, cuyos aportes serán registrados y controlados por medio del Sistema Centralizado de Recaudación de la CCSS o directamente por la operadora depensiones.
Entidades autorizadas. Organizaciones sociales autorizadas para administrar los fondos de capitalización laboral y las operadoras de pensiones.
Entidades supervisadas. Todas las entidadesautorizadas, la CCSS en lo relativo al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte y todas las entidades administradoras de regímenes de pensiones creados por leyes o convenciones colectivas, antes de la vigenciade esta ley.
Entidades reguladas. Entidades supervisadas, con excepción de la CCSS.
Operadoras de pensiones. Entidades encargadas de administrar los aportes, constituir y administrar fondos de...
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