Protección a Homosexuales Ley 54 De 1990
(diciembre 28)
NOTA: Esta ley tal como fue modificada por la Ley 979 de 2005, fue declarada EXEQUIBLE por la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-075 de 2007, en el entendidoque el régimen de protección en ella contenido se aplica también a las parejas homosexuales.
por la cual se definen las uniones maritales de hecho y régimen patrimonial entre compañeros permanentes.El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1o. A partir de la vigencia de la presente Ley y para todos los efectos civiles, se denomina Unión Marital de Hecho, la formada entre un hombre y unamujer, que sin estar casados, hacen una comunidad de vida permanente y singular. Igualmente, y para todos los efectos civiles, se denominan compañero y compañera permanente, al hombre y la mujer queforman parte de la unión marital de hecho.
Artículo 2o. Modificado por el art. 1, Ley 979 de 2005. Se presume sociedad patrimonial entre compañeros permanentes y hay lugar a declararla judicialmente encualquiera de los siguientes casos:
La ley 54 de 1.990 regula lo relacionado a la unión marital de hecho y es clara cuando afirma que sólo aplica a parejas heterosexuales. Así se desprende de suArtículo 1° que define como unión marital de hecho, la formada entre un hombre y una mujer – y expresa además-, que para todos los efectos civiles, se denominan compañero y compañera permanente alhombre y la mujer que forman parte de la unión marital de hecho. En su artículo 2°, la ley en comento expresa que se presume sociedad patrimonial entre compañeros permanentes y hay lugar a declararlajudicialmente cuando exista por un lapso no inferior a dos años, sin que haya impedimento legal para contraer matrimonio y cuando la sociedad anterior haya sido disuelta y liquidada por lo menos unaño antes de la fecha en que se inició la unión marital de hecho.
El mutuo consentimiento elevado a escritura pública ante Notario, o el acta suscrita ante un centro de conciliación legalmente...
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