Reconocimiento Lenguas Extranjeras Uned
Reconocimiento de créditos ECTS de las asignaturas de lenguas extranjeras de los Grados de la
Facultad de Filología según el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER) del
Consejo de Europa
n
Decanato
Facultad de Filología
20 de julio de 2011
Tras la implantación por parte del Consejo de Europa del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER) y
la adaptación a este por parte de las instituciones académicas de todos los currículos de lenguas, se establece la necesidad
de adaptar al mismo el reconocimiento de créditos de las nuevas asignaturas de lenguas extranjeras de los Grados de la
Facultad de Filología.
Por ello, en virtud del Real Decreto 861/2010 y de acuerdo con las Normas y Criterios Generales de Reconocimiento y
Transferencia de Créditos para los Grados de la UNED (Consejo de Gobierno de 28/06/2011), la Facultad de Filología, tras
aprobar este documento por las Comisiones de Coordinación de los Títulos de Grado de la Facultad (29 de junio de 2011),
establece las siguientes tablas de reconocimientos:
1)
Relación de equivalencias entre las asignaturas de lenguas extranjeras de los dos Grados de la Facultad de
Filología1 y los niveles del MCER2 (Tabla 1).
2)Relación de los títulos y diplomas de las instituciones que serán objeto de reconocimiento (Tabla 2).
Los alumnos que deseen solicitar reconocimiento deben presentar la siguiente documentación:
‐ Una certificación o título expedidos por las universidades (de las Escuelas o Centros de Idiomas adscritos a
Universidades).
1 Grado en Lengua y Literatura Españolas y Grado en Estudios Ingleses: Lengua, Literatura y Cultura.
De acuerdo con la legislación vigente, haber superado o tener reconocidas las asignaturas recogidas en la Tabla 1 en ningún caso implica la acreditación del nivel del MCER
por parte de la Facultad.
2
O bien:
‐ Una certificación o título expedidos por las instituciones recogidas en la Tabla 2.
En todo caso, la certificación debe acreditar un nivel del MCER igual o superior al exigido en un periodo no superior a
cinco años3 desde la expedición del título.4
Según lo dispuesto en el Real Decreto 861/2010, el reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación, por lo
que no computarán a efectos de la nota media o baremación del expediente (Art. 6.3.).
El alumno que desee presentar su solicitud debe acogerse a los plazos, normativa y procedimiento establecidos por la
Facultad de Filología disponibles en el siguiente enlace:
http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,1208288,93_1212372&_dad=portal&_schema=PORTAL
3
Este acuerdo será de aplicación a partir del curso académico 2011/2012, computándose el plazo de 5 años de antigüedad de los estudios certificados a partir del 1 de
octubre de cada año académico, incluso cuando las solicitudes se presenten con anterioridad (dentro del plazo de solicitud de reconocimientos del 1 de junio al 31 de
octubre).
4
Aquellos alumnos que acrediten un nivel del MCER igual o superior al exigido en un periodo superior a cinco años desde la expedición del título podrán acogerse a la
normativa aprobada por Consejo de Gobierno de 28 de abril de 2010 (Anexo II. Relación de créditos por otras actividades), en virtud de la cual pueden solicitar el ...
Regístrate para leer el documento completo.