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Con este trabajo profundizaremos informaciones sobre los Efectos de la quiebra sobre las relaciones jurídicas, el decaimiento de los plazos las obligaciones de la S.A. También veremos la renta vitalicia, el codeudor y fiadores del fallido, el interés.
El Decaimiento de los plazos desde el auto declarativo de quiebra se tendrá por vencidas para los efectos de la quiebra lasobligaciones del deudor. Si hubiese intereses estipulados se los descontara por el plazo que faltase hasta el vencimiento.
EFECTOS DE LA QUIEBRA SOBRE LAS RELACIONES JURIDICAS
Decaimiento de los plazos
Desde el auto declarativo de quiebra se tendrá por vencidas para los efectos de la quiebra las obligaciones del deudor.
Si hubiese intereses estipuladosse los descontara por el plazo que faltase hasta el vencimiento.
Obligaciones de las SA
El monto de los créditos de los obligacionistas de sociedades anónimas, se computara por su valor de emisión del que se deducirá lo que hubiese cobrado como amortización o reembolso.
Renta vitalicia
El acreedor de una renta vitalicia será admitido al concurso suma equivalente al capital necesariopara producir la renta convenida
Codeudor y fiadores del fallido
En los casos de obligados simultáneamente, los codeudores solidarios del fallido en deuda comercial no vencida al tiempo de la quiebra, solo estarán obligados a dar fianza de que pagaran al vencimiento si no prefiriesen pagar inmediatamente.
Cuando la obligación es sucesiva como os endosos, la quiebra del endosante posterior noda derecho ha demandar antes del vencimiento a los endosantes anteriores.
El fiador del deudor fallido no puede ser obligado a ser pago alguno hasta el vencimiento de la obligación que se hubiesen prefijado.
Intereses
El auto de quiebra suspende solo respecto de la masa, el curso de los intereses convencionales o legales de todos los créditos con excepción de aquellos que tuviesen garantíareal.
Estos serán reconocidos tan solo hasta el monto del producto de los bienes afectados.
Contrato de trabajo
En el caso de quiebra del empleador el síndico o el trabajador podrán rescindir del contrato. Este conservara el derecho de las indemnizaciones que le acuerda la ley.
Si el fallido fuere el trabajador no se resolverá el contrato de trabajo salvo que por las funciones quedesempeñe afecte su quiebra las condiciones de confianza que acompaña a aquellos.
No se producirá la recisión de los contratos de prestación de servicios y los de trabajo de índole estrictamente personal a favor del fallido o a cargo de él.
Seguros personales y no personales
En caso de producirse el evento previsto después de la declaración de quiebra en los seguros no personales la indemnizacióncorresponderá a la maza. En los seguros personales la indemnización corresponderá siempre al fallido
GLOSARIO
Plazo: jurídicamente es el tiempo legal o contractualmente establecido que ha de transcurrir para que se produzca un efecto jurídico, usualmente el nacimiento o la extinción de un derecho subjetivo el tiempo durante el que un contrato tendrá vigencia.
Vitalicia: Seaplica al cargo o renta que dura toda la vida
Amortización: es un término económico y contable, referido al proceso de distribución en el tiempo de un valor duradero. Adicionalmente se utiliza como sinónimo de depreciación en cualquiera de sus métodos.
Intereses: es un índice utilizado para medir la rentabilidad de los ahorros o también el costo de un crédito. Se expresa generalmente comoun porcentaje.
Síndico: es una persona elegida por una comunidad o corporación para cuidar de sus intereses. Como tal, tiene diferentes acepciones en diferentes ramas del Derecho.
El mandato: es un contrato por el cual una persona (mandante) confía la gestión de uno o más negocios a otra (mandatario), que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera.
Recisión: es un concepto que...
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