Reglas Del Uso De La Cámara Gesell
REGLAS PARA EL USO DE LA CÁMARA GESELL
Recepción de declaraciones de niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos sexuales o testigos de violencia familiar.
El Superior Tribunal de Justicia elaboró el reglamento de la Cámara Gesell que establecen pautas para la toma de declaraciones de niños,niñas y adolescentes víctimas de delito sexual y/o testigos de violencia familiar.
El máximo cuerpo judicial, a través de su Acuerdo 166, consideró necesario adoptar estas medidas para garantizar losderechos de los niños/as y/o adolescentes en la toma de declaraciones y evitar su revictimización, siempre con el respeto a la garantía constitucional del debido proceso, control efectivo de la prueba yderecho a la defensa que le corresponden al imputado.
Estas directrices son orientadoras para el correcto funcionamiento de la Cámara Gesell, en consecuencia, no son definitivas, y se aceptaránmodificaciones fundadas en la experiencia de su utilización efectiva, las que serán consideradas por el STJ.
Asimismo, se recomendó a los magistrados y funcionarios de las tres circunscripcionesjudiciales que implementen esta nueva herramienta, en la medida en que se presenten causas, donde sea aconsejable utilizar dicha instrumentación.
Por último, promovió la creación de una Base de Datos Únicapara evitar intervenciones recurrentes, en referencia a un mismo niño y por una misma causa.
Reglamentación de la Cámara Gesell (Acuerdo 167)
A) Ámbito de Aplicación:
Cuando se trate de unavíctima o testigo de alguno de los delitos tipificados en el Código Penal, libro II, título I, Capítulo II (lesiones) y título III (delitos contra la integridad sexual), Capítulos II, III, IV y V, y delo dispuesto en la Ley 5477 –Violencia Familiar que a la fecha en que se requiriera su comparecencia no hayan cumplido los 16 años de edad, se seguirá el siguiente procedimiento.
B) Toma de...
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