reparación civil

Páginas: 8 (1777 palabras) Publicado: 12 de abril de 2013
MINISTERIO PÚBLICO
QUINTA FISCALÍA SUPERIOR PENAL DE LIMA
Proceso Ordinario
Exp. Nº 00160-2006
Dictamen Nº
Delito Contra el Patrimonio – Estafa y otro.

SEÑORA PRESIDENTA:
Vuelven a esta Fiscalía Superior, los autos relativos al presente proceso penal, en mérito a vuestra resolución de fecha 02 de Julio del 2012, obrante a fs. 1309, mediante lacual se señala que en el Dictamen Acusatorio (ver fs. 1245 a 1251, 1290) se ha omitido pronunciamiento: a) respecto al medio técnico de defensa deducido por el encausado (Concurso Real Retrospectivo) de fs. 895 a 901; y b) que en el undécimo considerando del citado dictamen fiscal, no se ha precisado en forma clara en qué consiste la incriminación efectuada a los acusados, solicitándose se sustentenlos hechos de relevancia jurídico penal que habrían sido cometidos en perjuicio de los agraviados Elmer Chacón Solórzano, Juan Eliserio Gabriel Velarde y Luis Eduardo Suárez Pachas.

En cuanto al punto a), se debe considerar que el artículo 51º del Código Penal, modificado por Ley Nro. 26832, cuya aplicación retroactiva solicita a su caso el recurrente, regula el Concurso RealRetrospectivo, el mismo que se configura cuando: “ artículo 51.- Si después de la sentencia condenatoria se descubriere otro hecho punible cometido antes de ella por el mismo condenado de igual o de distinta naturaleza que merezca una pena inferior a la impuesta, cualquiera que sea el estado en que se encuentre, el órgano jurisdiccional o los sujetos al proceso, solicitarán copia certificada del falloejecutoriado y en mérito del mismo, el órgano jurisdiccional dictará el sobreseimiento definitivo de la causa y ordenará archivarla.
Si el hecho punible, descubierto mereciere una pena superior a la aplicada, el condenado será sometido a un nuevo proceso y se impondrá la nueva pena correspondiente. (negrita nuestro).

Así de la revisión de la sentencia obrante de fs. 907 a 917, la única queel recurrente presentó con resolución que declaró consentida la misma (ver a fs.919), se advierte que se condenó al procesado recurrente JOSÉ DARÍO MERINO ROJAS, por los delitos de Estafa y Asociación Ilícita para Delinquir; apreciándose que los hechos por los cuales fue sentenciado, datan del mes de noviembre del 2004; en tanto que los hechos denunciados materia del presente proceso, sucedieronen el mes de septiembre del 2003, Julio, agosto del 2004 (ver denuncias de parte obrantes de fs. 02 a 05, 285, 289 a 290 y de fs. 294 a 296), por lo que lo instruído en el presente proceso, constituye otro hecho punible cometido antes de la precitada sentencia condenatoria.

Ahora, a fin de determinar si el hecho punible materia del presente proceso merece una pena inferior a la impuesta,cabe acotar que del texto del dictamen fiscal acusatorio (ver folios 1250), emitido por éste Despacho, se solicitó para el procesado JOSÉ DARÍO MERINO ROJAS, una pena privativa de la libertad no mayor de SEIS AÑOS, es decir, una pena superior a la impuesta mediante la sentencia de fs. 907 a 917 (que condenó a dicho encausado a CINCO AÑOS de pena privativa de la libertad), por lo que en atención aldispositivo legal en análisis, corresponde que el recurrente siga sometido al presente proceso, por lo que debe declararse infundado el pedido del recurrente, debiendo proseguirse con la tramitación del proceso.

En lo que se refiere a lo expuesto en el punto b), se hace necesario invocar el Acuerdo Plenario Nro. 2 -2005/CJ-116 (Pleno Jurisdiccional de losVocales de lo Penal de la Corte Suprema, 2005), del 30/9/2005, mediante el cual se estableció que tratándose de las declaraciones de un agraviado, aún cuando sea el único testigo de los hechos, al no regir el antiguo principio jurídico testis unus testis nullus, tienen entidad suficiente para ser consideradas pruebas válidas de cargo y por ende, virtualidad procesal para enervar la presunción de...
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