reseña fallo van gen loos
2)- Si el artículo 12 del Tratado CEEtiene efecto interno, es decir si pueden ser invocados por los particulares como derechos individuales que el juez deba proteger y en el caso en que esta respuesta sea positiva se le pide al Tribunal deJusticia que se expida sobre si la aplicación de un derecho arancelario del 8% en los Paises Bajos de urea-formaldehido procedente de Alemania ha representado un incremento ilícito en el sentido delArtículo 12 del Tratado CEE o si solo se trata de una modificación razonable del derecho de importación.
3) Argumentos de las partes: La parte demandante es decir la empresa Van Gen & Loos sostieneque la modificación en el derecho arancelario es contraria al Artículo 12 del Tratado del CEE, ya que con anterioridad al 1 de de Marzo de 1960, la importación se encontraba gravada con un derecho del3% con arreglo al Arancel Aduanero Neerlandés, que luego se vió incrementada a un 8% de acuerdo al Pacto de Bruselas, lo cual infringe el mencionado artículo, ya que dispone que los estados miembrosno pueden establecer nuevos derechos de aduana de importación y exportación, ni de incrementar los que ya se estén aplicando en sus relaciones comerciales reciprocas. Por su parte el gobierno de losPaíses Bajos y el Gobierno de Bélgica niegan la competencia del Tribunal de Justicia dado que en el caso presente no se trata de una cuestión relativa a la interpretación del tratado sino sobre la...
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