Responsabilidad Alternada

Páginas: 5 (1056 palabras) Publicado: 11 de noviembre de 2015

ARTÍCULO 2122. No pueden rescindirse o resolverse mas que los negocios jurídicos que en sí mismos son válidos.

V. Por vicios o defectos ocultos del bien enajenado, sin perjuicio de que la ley confiera al perjudicado otras acciones además de la rescisoria.

ARTÍCULO 2128. Los efectos restitutorios de la rescisión son sin perjuicio de la responsabilidad civil en que incurran las partes.ARTÍCULO 2128. Los efectos restitutorios de la rescisión son sin perjuicio de la responsabilidad civil en que incurran las partes.

ARTÍCULO 2313. La responsabilidad civil puede ser regulada por convenio de las partes, salvo aquellos casos en que la ley disponga expresamente otra cosa.


ARTÍCULO 2314. Si la prestación consistiera en el pago de cierta cantidad de dinero, los daños y perjuicios queresulten de la falta de cumplimiento, no podrán exceder, salvo convenio en contrario, del interés legal, que será del uno por ciento al mes.

ARTÍCULO 2315. El pago de los gastos judiciales será a cargo del que faltare al cumplimiento de la obligación y se hará en los términos que establezca el Código Procesal Civil.

ARTÍCULO 2316. Todo el que enajena está obligado al saneamiento por causa de evicciónaunque nada se haya expresado en el contrato.

SUBSECCIÓN SEGUNDA

DEL SANEAMIENTO POR LOS VICIOS OCULTOS
ARTÍCULO 2338. En los contratos conmutativos, el enajenante está obligado al saneamiento por los vicios o defectos ocultos del bien enajenado, que lo hagan impropio para el uso a que se le destina, o que disminuyan de tal modo este uso, que de haberlos conocido el adquirente no hubiere hecho laadquisición o habría dado una prestación menor.

ARTÍCULO 2339. El enajenante no es responsable de los vicios o defectos manifiestos o que estén a la vista, ni tampoco de los que no lo están, si el adquirente es un perito que por razón de su oficio o profesión debe fácilmente conocerlos.
ARTÍCULO 2340. En los casos a que se refiere el artículo 2338 el adquirente tiene derecho:
I. A exigir larescisión del contrato y el pago de los gastos que por él hubiere hecho; o
II. A que se le rebaje una cantidad proporcionada de la prestación que hubiere dado, a juicio de peritos.

ARTÍCULO 2341. El derecho concedido al adquirente, por la fracción II del artículo anterior, subsiste aunque el bien defectuoso perezca por caso fortuito o de fuerza mayor o por culpa del mismo adquirente.

ARTÍCULO2342. Si se probare que el enajenante conocía los vicios ocultos del bien, y no los manifestó al adquirente, tendrá éste los mismos derechos que le conceden los dos artículos anteriores, debiendo además, ser indemnizado de los daños y perjuicios si prefiere la rescisión.


ARTÍCULO 2343. En los casos en que el adquirente pueda elegir la indemnización o la rescisión del contrato, una vez hecha por élla elección del derecho que va a ejercitar, no puede usar del otro sin el consentimiento del enajenante.

ARTÍCULO 2344. Si el bien enajenado pereciere o mudare de naturaleza a consecuencia de los vicios que tenía y eran conocidos del enajenante, éste sufrirá la pérdida y deberá restituir el precio y abonar los gastos del contrato con los daños y perjuicios.

ARTÍCULO 2345. Si el enajenante noconocía los vicios, solamente deberá restituir el precio y abonar los gastos del contrato en el caso de que el adquirente los haya pagado.

ARTÍCULO 2346. Las acciones que nacen de lo dispuesto en los artículos del 2338 al 2345 se extinguen a los seis meses contados desde la entrega del bien enajenado.

ARTÍCULO 2347. Enajenándose dos o más animales juntamente, sea en un precio alzado o seaseñalándolo a cada uno de ellos, el vicio de uno da sólo lugar a la acción redhibitoria respecto de él y no respecto a los demás, a no ser que aparezca que el adquirente no habría adquirido el sano o sanos sin el
vicioso, o que la enajenación fuese de un rebaño y el vicio fuere contagioso.

ARTÍCULO 2348. Se presume que el adquirente no tenía voluntad de adquirir uno solo de los animales,
cuando se...
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