riesgos de trabajo
DE LOS RIESGOS DE TRABAJO
ARTICULO 60.- Para los efectos de esta ley, se consideran como riesgos de trabajo, los accidentes o enfermedades ocurridos con motivo o a consecuenciadel servicio.
ARTICULO 61.- Para los efectos de la calificación y valoración de un riesgo de trabajo se estará a lo dispuesto conforme a los reglamentos específicos y a falta de estos a lo dispuestoen la ley Federal del Trabajo.
ARTICULO 62.- El servidor público, como consecuencia de un riesgo de trabajo, tiene derecho a las siguientes prestaciones:
I.Atención médica de diagnóstico,tratamientos médico-quirúrgicos, hospitalización y de rehabilitación que sean necesarios y los medicamentos prescritos conforme a los cuadros básicos;
II. Aparatos de prótesis y ortopedia;
III.Pensión por inhabilitación, en su caso.
ARTICULO 63.- Los riesgos de trabajo serán calificados técnicamente por el Instituto; en caso de que exista inconformidad, el afectado podrá designar un peritotécnico o profesional para que dictamine a su vez. De existir desacuerdo entre la calificación médica emitida por el Instituto y el dictamen del perito propuesto por el afectado, se acudirá a laComisión de Arbitraje Médico del Estado de México, para que designe un perito tercero a fin de que emita un nuevo dictamen, con base en el cual el Instituto resolverá en definitiva.
ARTICULO 64.- Losgastos derivados de la atención médica y en su caso pensión, que tengan su origen en un riesgo de trabajo, se financiará a través de la aportación señalada en la fracción V, del artículo 34.
Lasobligaciones con cargo a los empleadores que señale cualquier otro ordenamiento jurídico, a favor de las víctimas de un riesgo de trabajo, quedan con cargo a la institución pública para las que laboren, sinque se considere al Instituto subrogado ni mancomunado con ellas.
ARTICULO 65.- Para los efectos de ese capítulo, las instituciones públicas deberán notificar al Instituto, dentro de los 10...
Regístrate para leer el documento completo.