Rte Fuente

Páginas: 7 (1574 palabras) Publicado: 11 de marzo de 2013
Retefuente se podrá presentar un día y pagar en otro
Por: actualicese.com
  
Publicado: 16 de enero de 2012

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Así lo dispuso el artículo 57 del Decreto-Ley antitrámites 019 de 2012 el cual modificó el artículo 580-1 del Estatuto Tributario. La medida es muy útil pues a partir de marzo 1 de 2012 todos los agentes de retención que sean personasjurídicas estarán obligados a presentar todas sus declaraciones en forma virtual. El artículo 67 del mismo decreto 019 también efectuó una segunda modificación al mismo artículo 580-1 para tomar como validas las declaraciones de todo tipo que entre los años 2006 a 2011 solo se habían pagado en bancos pero que no se habían tomado como presentadas pues solo habían sido diligenciadas en el portal dela DIAN sin tener firmas digitales.

La Cita (haz click en la imagen para ampliar)
A partir de enero 10 de 2012 la declaración mensual de retenciones en la fuente que se presente a la DIAN (ya sea en forma virtual o en papel), y hasta las que se presenten por retenciones de ICA en los municipios, sí se podrán aceptar como validas cuando la presentación de la misma se produce en una fecha y supago se produce en otro día posterior con tal de no pasarse de la fecha máxima para vencimientos fijada en el calendario oficial.
Así lo indica el inciso que el artículo 57 del nuevo decreto-Ley antitrámites, Decreto-Ley 019 de enero 10 2012 que entró en vigencia en ese mismo día, le adicionó al Artículo 580-1 del Estatuto Tributario y en el cual se lee lo siguiente:
“La declaración de retenciónen la fuente que se haya presentado sin pago total antes del vencimiento del plazo para declarar, producirá efectos legales, siempre y cuando el pago de la retención se efectúe o se haya efectuado dentro del plazo fijado para ello en el ordenamiento jurídico.”
Se soluciona el problema para los que presentaban sus declaraciones en forma virtual tomando incluso en cuenta que a partir de marzo 1 de2012 todos los agentes de retención declararán virtualmente
Con esta nueva disposición es claro que los que más se benefician son aquellos declarantes de retención en la fuente en forma virtual que desde enero de 2011 en adelante, a raíz de lo dispuesto en los primeros incisos del artículo 580-1 del Estatuto (artículo que fue creado con la Ley 1430 de diciembre de 2010), no podían darse el lujode presentar la declaración un día y pagar en otro, aun cuando el pago se hiciera dentro de las fechas máximas fijadas por el calendario tributario, pues en tal caso la declaración se daba por no presentada (ver conceptos DIAN 59943 de agosto 10 de 2011 y 88243 de noviembre de 2011)
Los que venían declarando en papel no tenían tanto ese problema pues ellos sí hacen todo en una sola diligenciabancaria (presentan y en ese mismo momento pagan). Pero los que declaran virtualmente normalmente madrugan unos días antes del vencimiento pues a veces toma mucho tiempo lograr presentar la declaración en el congestionado portal de la DIAN y luego al día siguiente efectuaban el pago en bancos (pues tampoco cuenta con contraseñas bancarias para optar por hacer el pago electrónico que es un servicioque la DIAN tiene habilitado hace tiempo).
Es muy útil entonces que el Decreto antitrámites haya entrado a solucionar este impase para los declarantes virtuales de retención en la fuente pues el Artículo 23 del decreto 4907 de diciembre de 2011, que fijó los plazos para declarar y pagara las retenciones en la fuente durante el 2012, volvía a decir en su parágrafo 4 lo mismo que dicen los primerosincisos del artículo 580-1 del Estatuto, a saber, que la declaración se debía presentar con pago total entendiendo que el pago se debía hacer el mismo día de su presentación.
Y es todavía más útil esta solución al problema de los declarantes virtuales de retención en la fuente pues de acuerdo a lo indicado en el numeral 12 del artículo 1 de la Resolución DIAN 012761 de diciembre 9 de 2011, a...
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