sanciones disciplinarias ante el colegio de abogados
Atreves de la investigación sobre las sanciones aplicadas alos/las abogados/as, existen dos tipos de sanciones; las amonestaciones y las Sanciones disciplinarias. Establecidas bajo el decreto 1290 del 2 de agosto de 1983.
El art.73 de dicho decretoestablece lo siguiente;
Los profesionales del derecho serán corregidos;
1- Con amonestación, cuando en términos injuriosos, despectivos o irrespetuosos se refieran a sus colegas, ya sea porcorrespondencia privada o en las representaciones verbales o escritas ante cualquier autoridad del país, aunque no suscriban las últimas, salvo que el hecho se hubiese cometido en juicio que se ventile o se hayaventilado ante los Tribunales, pues en ese caso éste será llamado a imponer la sanción disciplinaria conforme lo dispuesto por la Ley de Organización Judicial.
2- Con suspensión de uno o dos meses, enel caso de que injurien a sus colegas por la radio, la prensa u otro medio de publicidad. En éste y en los casos previstos en el inciso anterior, no se permitirá al defensor rendir prueba tendente ademostrar la veracidad de lo que hubiere afirmado y se estime injurioso.
3- Con suspensión o amonestación de uno a dos meses, si aconsejaren por malicia o ignorancia inexcusable, la iniciación deun pleito evidentemente temerario que hubiere ocasionado perjuicio grave al cliente.
4- Con amonestación o suspensión de uno a tres meses, si arreglan extrajudicialmente un negocio, en cualquiersentido, con la parte contraria a la que patrocinan, sin el consentimiento expreso, escrito y firmado del profesional que defiende a esa parte.
5- Con amonestación o suspensión de uno a cuatro mesescuando sin intervención en un negocio, suministren oficiosamente informes a las partes acerca de la marcha del mismo, o censuren ante aquéllas la actuación de los colegas.
6- A grandes rasgos se...
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