Sección segunda
Artículo 54. Para que el pacto colectivo se extienda con fuerza de ley para todos los patronos ytrabajadores, sindicalizados o no, de determinada rama de la industria, actividad económica o región del país, es necesario:
a) que se haga constar por escrito, en tres ejemplares, uno para cada parte yotro para acompañarlo junto con la solicitud de que habla el inciso d);
b) que esté suscrito por el sindicato o sindicatos o grupo de patronos que tengan a su servicio las dos terceras partes de lostrabajadores que en ese momento se ocupen en ellas;
c) que esté suscrito por el sindicato o sindicatos que comprendan las dos terceras partes de los trabajadores sindicalizados en ese momento en larama de la industria, actividad económica o región de que se trate; d) que cualquiera de las partes dirija una solicitud escrita al Ministerio de Trabajo y Previsión
Social, para que, si el organismoejecutivo lo cree conveniente, declare su obligatoriedad extensiva; la petición, si se reúnen los requisitos a que se refieren los incisos b) y c), debe ser publicada inmediatamente y durante tresveces consecutivas en el Diario Oficial y en uno de los periódicos de propiedad particular de mayor circulación en la República, concediendo un término improrrogable de quince días, contados a partir dela última publicación, para que cualquier patrono o sindicato de trabajadores que resulte directa o indudablemente afectado, formule oposición razonada contra la extensión obligatoria de pacto; y
e)que transcurrido dicho término sin que formule oposición o desechadas las que se hayan presentado, el organismo ejecutivo emita acuerdo declarando su obligatoriedad en lo que se oponga a las leyes deinterés público y de carácter social vigentes, y la circunscripción territorial, empresas o industrias que ha de abarcar. Es entendido que el pacto colectivo declarado de extensión obligatoria debe...
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