Secreto profesional del contador público
Sin embargo la obligatoriedad del secreto profesional no riñe con la obligación que tiene el Contador público de denunciar hechos irregulares a las autoridades competentes cuando sedesempeña como revisor fiscal.
Un contador público como simple contador, en primer lugar está obligado al secreto profesional y en segundo lugar no hay una ley que lo obligue a denunciar hechosirregulares que conozca en el ejercicio de su profesión, por lo que mientras se desempeñe como contador, no tendrá mayores dificultades respecto a este asunto.
Pero los papeles cambian cuando el contador sedesempeña como revisor fiscal, puesto que por un lado como contador que es le obliga el secreto profesional, y por otro, como revisor fiscal la ley le obliga a denunciar los hechos irregulares de quetenga conocimiento en el ejercicio de las funciones de fiscalización que debe realizar como revisor fiscal.
Sobre el respecto, ha dicho la Corte constitucional en sentencia C-062 de 1998:
(…) una cosaes el contador que ejerce su profesión como tal, amparado (y obligado) sin duda, por el secreto profesional y otra, muy diferente, el revisor fiscal que ejerce funciones contraloras que implican eldeber de denunciar conductas ilícitas o irregulares, del cual deber no puede relevarlo el hecho de que para cumplirlas cabalmente deba ser un profesional de la contabilidad
(…)
En consecuenciamientras el Contador público se desempeñe como revisor fiscal, tendrá la obligación legal y moral de denunciar los hechos irregulares de los que tenga conocimiento, hechos que deben ser denunciados a lasinstancias competentes y exigidas por la ley,
Esta obligación de informar o denunciar, como el secreto profesional no son absolutas, puesto que el revisor fiscal sólo puede denunciar o informar...
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