Seminario De Auditoria
COMITÉ DE AUDITORÍA, AUDITORÍA INTERNA Y AUDITORÍA EXTERNA
ARTÍCULO 35
Las instituciones supervisadas deberán integrar un Comité de Auditoría, el cual deberá sujetarse como mínimo, en lo que corresponda, a lo dispuesto en las “Normas Mínimas para el Funcionamiento de las Unidades de Auditoría Interna de las Instituciones del Sistema Financiero” y en las “Normas para el Registro,Contratación y Alcance del Trabajo de los Auditores Externos para las Instituciones Supervisadas” emitidas por la Comisión que estén vigentes.
ARTÍCULO 36
Las instituciones supervisadas, a través del Consejo o Junta, deberán contratar una Firma de Auditoría Externa, observándose para ello las disposiciones contenidas en las “Normas para el Registro, Contratación y Alcance del Trabajo de losAuditores Externos para las Instituciones Supervisadas” emitidas por la Comisión que estén vigentes.
Nos permitimos transcribir a ustedes, la Resolución aprobada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, que literalmente dice: |
“RESOLUCIÓN No.236/19-03-2002.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros, |
CONSIDERANDO: | Que conforme lo establece el artículo 13, numeral 8 de la Ley de laComisión Nacional de Bancos y Seguros corresponde a ésta la formulación de normas prudenciales que aseguren la adecuada coordinación entre las labores de la Comisión y las realizadas por los Auditores Internos y Externos de las instituciones supervisadas. |
CONSIDERANDO: | Que por Resolución No.604/07-11-2000 se aprobaron las "NORMAS PARA EL REGISTRO, CONTRATACIÓN Y ALCANCES DEL TRABAJO DE LOSAUDITORES EXTERNOS PARA LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS, COMPAÑÍAS ASEGURADORAS, PERSONAS NATURALES Y SOCIEDADES DEDICADAS A OPERACIONES BURSÁTILES Y DEMÁS ENTIDADES SUPERVISADAS". |
CONSIDERANDO: | Que las normas y prácticas internacionales requieren que para una adecuada divulgación de la información financiera, ésta sea elaborada de conformidad a las Normas Internacionales de Contabilidad yPrincipios de Auditoría Generalmente Aceptadas. |
CONSIDERANDO: | Que dependiendo de las eventualidades a que están sujetos los países, los órganos supervisores excepcionalmente pueden adoptar normas contables que difieren con respecto a las NIC´S y NAGA´S. |
CONSIDERANDO: | Que para incorporar los conceptos expresados en los considerandos anteriores es necesario reformar las Normas aprobadas medianteResolución No.604/07-11-2000. |
POR TANTO: | Con fundamento en los Artículos 4 de la Ley de Instituciones del Sistema Financiero; 6 y 13 numeral 8 de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, en sesión del 19 de marzo de 2002, resuelve: |
1. | Definir que cuando exista diferencia entre las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC´S) o las Normas de Auditoría GeneralmenteAceptadas (NAGA´S) con las normas contables aprobadas por la Comisión, prevalecen estas últimas. Los auditores externos podrán aplicar la regla antes señalada en las opiniones pendientes de emitir. |
2. | Reformar las "NORMAS PARA EL REGISTRO, CONTRATACIÓN Y ALCANCES DEL TRABAJO DE LOS AUDITORES EXTERNOS PARA LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS, COMPAÑÍAS ASEGURADORAS, PERSONAS NATURALES Y SOCIEDADESDEDICADAS A OPERACIONES BURSÁTILES Y DEMÁS ENTIDADES SUPERVISADAS", aprobadas mediante Resolución No.604/07-11-2000, las cuales quedan redactadas conforme al texto adjunto que forma parte de la presente Resolución. |
3. | Derogar la Resolución No.604/07-11-2000. |
4. | La presente Resolución entra en vigencia a partir de esta fecha.” |
ANA CRISTINA DE PEREIRA | JOSE O. MORENOGUARDADO |
Presidenta | Secretario |
NORMAS PARA EL REGISTRO, CONTRATACIÓN Y ALCANCES DEL TRABAJO DE LOS AUDITORES EXTERNOS PARA LAS INSTITUCIONES SUPERVISADAS |
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I. | Registro de Auditores Externos |
| 1. | La Comisión Nacional de Bancos y Seguros mantendrá un registro en el que deberán inscribirse las firmas de auditoría externa facultadas para realizar auditorías de las...
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