Sentencia TC Cedulas De Notificaci N

Páginas: 7 (1530 palabras) Publicado: 5 de julio de 2015
EXP. N.° 05239-2013-PA/TC
LIMA
MARCIONILA QUEZADA
ASTO
 
           
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
 
En Lima, a 1 de setiembre de 2014, la Sala Primera del Tribunal Constitucional, integrada por los señores magistrados Miranda Canales, Sardón de Taboada y Espinosa-Saldaña Barrera, pronuncia la siguiente sentencia
 
ASUNTO
 
Recurso de agravio constitucional interpuesto pordoña Marcionila Quezada Asto contra la resolución de fojas 54, de fecha 16 de abril de 2013, expedida por la Sétima Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, que declaró improcedente la demanda de autos.
 
ANTECEDENTES
 
Con fecha 22 de agosto de 2012, la recurrente interpone demanda de amparo contra el Juez del Trigésimo Quinto Juzgado Civil de Lima y los Jueces de la Segunda Sala Civil de la CorteSuperior de Justicia de Lima, a fin de que cese la remisión de cédulas de notificación a su domicilio real, enviadas a nombre de la Empresa Servicios Inmobiliarios First Class E.I.R.L., pues manifiesta no tener ni haber tenido relación alguna con dicha persona jurídica ni con su gerente general, razón por la cual sostiene que las constantes notificaciones del expediente N.º 49732-2009, las cualesvienen siendo remitidas a su domicilio perturban su tranquilidad. Agrega que por la materia del referido proceso y las constantes notificaciones tiene el temor de que la parte vencedora de dicho proceso solicite embargos o secuestros conservativos sobre sus bienes.
 
            El Quinto Juzgado Constitucional, con fecha 5 de setiembre de 2012, declaró improcedente la demanda, por estimar que lapretensión planteada no corresponde ser dilucidada a través del proceso de amparo por no ser una suprainstancia.
 
            La Sala revisora confirmó la apelada por estimar que la pretensión no se encuentra referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho invocado.
 
FUNDAMENTOS
 
Delimitación del petitorio y procedencia de la demanda
 
1.        El recurrente pretende que seordene a los emplazados se abstengan de continuar notificándole a su domicilio real los actos procesales que se vienen emitiendo en el expediente N.° 49732-2009, pues refiere no conocer a las partes de dicho proceso.
 
El expediente en mención corresponde a un proceso de nulidad de acto jurídico seguido por don Gregorio Camacho Villarroel contra la Compañía Constructora Industrial y Comercial VulcanoS.A. y otros, conforme se desprende del reporte de la consulta del referido expediente alojado en el portal web del Poder Judicial (http://cej.pj.gob.pe/cej/forms/detalleform.html?numUnico=2009497321801132&numIncidente=0, visitado el 3 de enero de 2013).
 
2.        A fojas 5 de autos obra copia de la resolución N.º 07 del 1 de agosto de 2012, dictada en el expediente ordinario, mediante la cual laSegunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima desestima la devolución de cédulas que el demandante de estos autos efectuara ante dicha instancia. Asimismo, de la información contenida en la consulta del citado expediente alojada enhttp://cej.pj.gob.pe/cej/forms/detalleform.html?numUnico=2009497321801132&numIncidente=0 (visitado el 3 de enero de 2013), se aprecia que las instanciasjurisdiccionales que vienen conociendo elexpediente N.° 49732-2009, han continuado notificando a la recurrente de los actos procesales emitidos en dicho proceso, siendo el último de ellos la Resolución N.º 34 del 24 de junio de 2013, mediante la cual nuevamente se desestima la devolución de cédulas de notificación.
 
3.        Si bien resulta cierto que los actos de notificación pueden ser materiade impugnación, debe tenerse en cuenta que el demandante de estos autos no forma parte de la relación procesal del expediente N.°49732-2009, hecho por el cual no le es aplicable lo previsto en el artículo 4 del Código Procesal Constitucional ni las pautas establecidas en alguna reiterada jurisprudencia del Tribunal, al no tratarse de un supuesto de amparo contra resolución judicial. Precisado...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Notificaci n
  • CEDULA DE NOTIFICACI N EXP 01 2010
  • Sentencia del Tribunal Constitucional Exp. N° 319-2013-PA/TC
  • NOTIFICACI N DE ACCIDENTES LABORALES
  • Analisis De La Sentencia Del Tc
  • APELACI N DE NULIDAD DE NOTIFICACI N
  • NULIDAD DE LA NOTIFICACIO N ADMINISTRATIVA
  • Sentencia 976-2001-Aa/Tc

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS