sobre mi

Páginas: 342 (85346 palabras) Publicado: 16 de febrero de 2015
ULTIMA REFORMA DECRETO 293, P.O. 18, 5 ABRIL 2014.

Código Publicado en el Periódico Oficial "EL ESTADO DE COLIMA" el 25 de septiembre de 1954.

DECRETO NO. 137.- CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE COLIMA
El C. Gral. de Div. JESUS GONZALEZ LUGO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes hago saber:
Que el H. Congreso del Estado me hadirigido, para su publicación, el Decreto que sigue:
"El Congreso del Estado, en nombre del pueblo, expide el siguiente
DECRETO No. 137
Artículo único: Se faculta al C. Gral. de Div. Jesús González Lugo, Gobernador Constitucional del Estado, para expedir el nuevo Código de Procedimientos Civiles del Estado Libre y Soberano de Colima aprobado por la H. XXXVI Legislatura Constitucional delEstado en sesión pública extraordinaria celebrada el día 22 de abril de 1954.
Por lo que en uso de la facultad que me concede el anterior Decreto, expido el siguiente

CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES
PARA EL ESTADO DE COLIMA

TITULO PRIMERO
DE LAS ACCIONES Y EXCEPCIONES

CAPITULO I
De las acciones

Artículo 1º.- El ejercicio de las acciones civiles requiere:
I.- La existencia de underecho;
II.- La violación de un derecho o el desconocimiento de una obligación, o la necesidad de declarar, preservar o constituir un derecho;
III.- La capacidad para ejercitar la acción por sí o por legítimo representante;
IV.- El interés del actor para deducirla.
Falta el requisito del interés siempre que no pueda alcanzarse el objeto de una acción, aún suponiendo favorable lasentencia.
Artículo 2º.- La acción procede en juicio, aun cuando no se exprese su nombre, con tal de que se determine con claridad la clase de prestación que se exija del demandado y el título o causa de la acción.
Artículo 3º.- Por las acciones reales se reclamarán la herencia, los derechos reales o la declaración de libertad de gravámenes reales. Se dan y se ejercitan contra el que tiene en supoder la cosa y tiene la obligación real, con excepción de la petición de herencia y la negatoria.
Artículo 4º.- La reivindicación compete a quien no está en posesión de la cosa, de la cual tiene la propiedad, y su efecto será declarar que el actor tiene dominio sobre ella y se la entregue al demandado con sus frutos y accesiones en los términos prescritos por el Código Civil.
(REF. DEC. 303,P.O. NO. 18, SUPL. 01, 18 DE ABRIL DE 2011)
Artículo 5º.- El tenedor de la cosa puede declinar la responsabilidad del juicio consignando al poseedor que lo sea a título de dueño.

La declinación a que se refiere el párrafo anterior, se hará dentro del término para contestar la demanda.

Artículo 6º.- El poseedor que niegue la posesión la perderá en beneficio del demandante.
Artículo 7º.-Pueden ser demandados en reivindicación; aunque no posean la cosa, el poseedor que para evitar los efectos de la acción reivindicatoria dejó de poseer y el que está obligado a restituir la cosa o su estimación si la sentencia fuere condenatoria. El demandado que paga la estimación de la cosa puede ejercitar a su vez la reivindicación.
Artículo 8º.- No pueden reivindicarse las cosas que están fueradel comercio; los géneros no determinados al entablarse la demanda; las cosas unidas a otras por vía de accesión, según lo dispuesto por el Código Civil, ni las cosas muebles perdidas o robadas que un tercero haya adquirido de buena fe en almoneda, o de comerciante que en mercado público se dedica a la venta de objetos de la misma especie, sin previo reembolso del precio que se pagó. Se presumeque no hay buena fe si de la pérdida o robo se dio aviso público y oportunamente.

Artículo 9º.- (DEROGADO P.O. 10 DE AGOSTO DE 1985)

(REFORMADO SUPL. NO. 2 P.O. 41, 09 DE OCTUBRE DE 2010)
Artículo 10.- Procederá la acción negatoria para obtener la declaración de libertad o la de reducción de gravámenes de bien inmueble "o" la demolición de obras o señales que importen gravámenes, la...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Sobre Qué?
  • SOBRES
  • sobras
  • sobre ti
  • Sobre
  • sobre
  • Sobre Mi
  • sobres!

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS