Sociedades - Sistema de Información Contable
Habrá sociedad comercial cuando dos o máspersonas, físicas o jurídicas, se obliguen a realizar aportes para aplicarlos al ejercicio de una actividad comercial organizada, con elfin de participar en las ganancias y soportar las pérdidas queella produzca.
Sociedad Colectiva:
Los socios contraen responsabilidad subsidiaria, ilimitada y solidaria, por las obligaciones sociales. El pacto en contrario no es oponible a terceros. El contratoregulará el régimen de administración. En su defecto administrará cualquiera de los socios indistintamente.
Sociedad en Comandita Simple:
El o los socios comanditados responden por las obligacionessociales como los socios de la sociedad colectiva, y el o los socios comanditarios solo con el capital que se obliguen a aportar. El capital comanditario se integra solamente con el aporte deobligaciones de dar. La administración y representación de la sociedad es ejercida por los socios comanditados o terceros que se designen, y se aplicarán las normas sobre administración de las sociedadescolectivas.
Sociedad de Capital e Industria:
El o los socios capitalistas responden de los resultados de las obligaciones sociales como los socios de la sociedad colectiva; quienes aportan exclusivamente suindustria responden hasta la concurrencia de las ganancias no percibidas. El contrato debe determinar la parte del socio industrial en los beneficios sociales. Cuando no lo disponga se fijarájudicialmente.
Sociedad de Responsabilidad Limitada:
El capital se divide en cuotas; los socios limitan su responsabilidad de la integración de las que suscriban, adquieran, sin perjuicio de la garantía a quese refiere el artículo 150. La denominación social puede incluir el nombre de uno o más socios y debe contener la indicación "sociedad de responsabilidad limitada", su abreviatura o la sigla...
Regístrate para leer el documento completo.