SRI
DEPARTAMENTO D E GESTION TRIBUTARIA
REOURIMlENrODE INFORMACION No.DZ9-AGFORIC15-00000129
VILLACRES
HERRERA J A M I E
C O N D R OG A L Cía. Ltda.
Chaupicruz,
P A T R I C I O , en m i calidad
con RUC N o .
Barrio: Los Laureles:
de
1791888561001,
Representante
domiciliada en la
de
EL
Parroquia
Calle BugambiUas N45-274y A v , Eloy Alfaro se me notifico
con el REQURBVnENTO D E INFORMACION No. DZ9-AGFORIC15-00000129 de fecha
08 de
A b r i l 2015, y receptada el 15 de abril 2015, se me informa que:
De
acuerdo alArt.
98 del código tributario la administración tributaria solicita a los
contribuyentes o a sus representantes cualquier tipo de documentación o información,
como
establece el Art. 98.
Art.98,-"Deberes de terceros - Siempre que la autoridad competente de la respectiva administración tributaria lo ordene,
cualquier persona natural, por sí o como representante de una persona jurídica, o deente económico sin personalidad
jurídica, en los términos de los artículos 24 y 27 de este Código, estará obligada a comparecer como testigo, a
proporcionar informes o exhibir documentos que existieranen su poder, para la determinación de la obligación tributaría
de otro sujeto."
'No podrá requerirse la información a la que se refiere el inciso anterior, a los ministros del culto, en asuntosrelativos a su
ministerio; a los profesionales, en cuanto tengan derecho a invocar el secreto profesional; al cónyuge, o conviviente con
derecho, y afosparientes dentro del cuarto grado civil deconsanguinidad y segundo de afinidad."
El Art. 260 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de régimen Tributario Interno dispone;
Requerimiento de información.- El Director del Sen/icio de Rentas Internaso sus delegados podrán requerir por escrito al
sujeto pasivo determinado, y a cualquier persona natural o sociedad toda la información y documentación, impresa o en
medio magnético, necesaria para...
Regístrate para leer el documento completo.