Tecno
El gobernador Antonio Bonfatti reglamentó el régimen de asignación y distribución gratuita de los espacios de publicidadelectoral en los servicios de comunicación audiovisual de la provincia, de las agrupaciones políticas que compitan en elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias, y en las generales. Mediante el decreto Nº 0201/13, firmado por el gobernador Antonio Bonfatti, la provincia reglamenta la ley Nº 13.235 de campañas electorales (que modifica la ley Nº 12.080, con la incorporación de 10artículos al Capítulo IV - Título I (del 16 al 26). El objetivo principal es optimizar la competencia electoral, transparentar las campañas y su financiamiento.
Para garantizar la distribución de lapublicidad electoral -cantidad de tiempo asignado a los fines de transmitir publicidad política por parte de la agrupación-, en beneficio de todos los partidos políticos, la provincia adhirió a laley nacional N° 26.571 (artículo 43 quáter) que establece que los servicios de comunicación audiovisual regidos por la ley 26.522 están obligados a ceder el diez por ciento del tiempo total deprogramación para fines electorales. A tal fin, el 50 por ciento se debe repartir en forma igualitaria a todos los partidos y el resto, de acuerdo a los votos obtenidos en la elección anterior.REGLAMENTACIÓN
A los fines de efectivizar la normativa, se prevé la publicación (en la web del gobierno) y la exhibición (en las oficinas habilitadas al efecto por el Ministerio de Gobierno y Reforma del Estadoy en el Tribunal Electoral Provincial) de un listado preliminar de los medios audiovisuales, elaborado sobre una suministrada por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual(Afsca), por el término de cinco días hábiles. Finalizado ese lapso, las agrupaciones políticas tendrán tres días hábiles para formular observaciones y arribar así al listado de servicios televisivos y...
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