Tema
Reivindicación
De los
Títulos de crédito
Títulos nominativos. En caso de robo, perdida o deterioro de untítulo nominativo, lo que debe hacer es solicitar la cancelación ante la persona que lleve el registro e los títulos sin necesidad de intervención judicial.
También puede optarporque se le reponga el documento, por la misma razón de que la propiedad se encuentra controlada registralmente. La única limitación existente es que el creador del título tienefacultades para exigir que el tenedor garantíce la cancelación o reposición solicitada.
Reposición
De los
En este caso solo existe la previsión de hacer saber elhecho al emisor y si transcurre el término de la prescripción y no es cobrado por tenedor de buena fe, el denunciante puede recuperar su valor.
Títulos al portador. Cuando sedeterioran de manera que es imposible su circulación pero conservan sus datos esenciales, s e puede pedir su reposición, con la diferencia de que en este caso, la pretensión seplantea judicialmente, en la vía voluntaria.
Si se trata de extravío, robo o destrucción, no hay cancelación ni reposición porque la posesión legitima la propiedad sobre eldocumento. En cambio los títulos a la orden, como expresan el nombre del beneficiario, pueden ser cancelados o repuestos judicialmente en la vía voluntaria.
Títulos de crédito
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