terapeutica
CURSO 2014/15
CONSIDERACIONES PREVIAS
La profesora de pedagogía terapéutica, adscrita al IES Aramo, comparte docencia con el IES
Doctor Fleming. El horario es elaborado entre las direcciones de ambos centros, teniendo en
cuenta lo que se instruye en la Circular de Inicio de Curso 2014/15 para los Centros Docentes Públicos, edición de 24 de julio de 2014.
PLAN DE INTERVENCIÓN
La concreción del Plan de Trabajo, en cuanto a la atención directa con el alumnado, se ha
reflexionado y consensuado con la orientadora del centro educativo, con el equipo directivo,
en particular con la Jefatura de Estudios, y otros miembros del Departamento de Orientación. El Plan es abierto y flexible y puede sufrir modificaciones siempre que se produzcan cambios
de contexto o necesidades emergentes. Cuando se estime necesario y conveniente, se
establecerán las medidas oportunas y cuantas actuaciones se lleven a cabo serán
consensuadas con los profesionales correspondientes en cada situación.
El Plan se circunscribe a los parámetros que se señalan a continuación:
Funciones de la Profesora de Pedagogía Terapéutica El artículo 81.6 de la Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, por la que se regula la ordenación
de la educación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y se regulan los servicios de
orientación educativa, con carácter supletorio en nuestra Comunidad Autónoma, dispone que
el profesor o profesora especialista en Pedagogía terapéutica realizará las funciones
siguientes:
a)Colaborar con los departamentos didácticos y las juntas de profesores, en la
prevención, detección y valoración de problemas de aprendizaje, en las medidas de
flexibilización organizativa, así como en la planificación y elaboración de propuestas de
criterios y procedimientos para desarrollar las adaptaciones curriculares.
b)Realizar actividades educativas de apoyo para el alumnado que presenta necesidades
educativas especiales, para el alumnado que siga programas específicos, o para
aquellos que presenten graves carencias en lengua castellana o en sus competencias o
conocimientos básicos, colaborando con el profesor en el aula o a través del
asesoramiento y colaboración con el profesorado de los departamentos didácticos, cuando la especificidad de los contenidos u otras circunstancias así lo aconsejen.
c) Elaborar, conjuntamente con los correspondientes departamentos didácticos, la
propuesta de criterios y procedimientos para desarrollar las adaptaciones curriculares
apropiadas al alumnado que presenta necesidades educativas especiales.
Atención al alumnado. Criterios de priorización de casos Sin menoscabo de lo que se especifica en la letra b) del epígrafe anterior, la intervención se
realizará, prioritariamente, con el alumnado que presente necesidades educativas especiales
(n.e.e.) o necesidad específica de apoyo educativo (n.e.a.e). En estas dos catalogaciones,
entrarían, con carácter general: casos de discapacidad psíquica ligera, trastornos graves de
conducta, déficits de atención, trastornos generalizados del desarrollo, síndromes específicos, hiperactividad, dificultades de aprendizaje, retrasos curriculares significativos, etc.
Para el alumnado de nueva incorporación a 1º de ESO se recomienda que los tutores y tutoras
establezcan el seguimiento oportuno para advertir posibles necesidades específicas que serán
trasladadas al Departamento de Orientación, como demanda de actuación, para ser valoradas y establecer, en su caso, la intervención adecuada.
La intervención de la profesora de PT se establecerá conforme a los siguientes criterios de
prioridad:
Alumnado con necesidades educativas especiales (dictamen NEE)
Otros alumnos y alumnas con necesidad de apoyo educativo (NEAE)
Alumnado incorporado a otros programas singulares de atención a la diversidad que se ...
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