tipos de jurisprudencia

Páginas: 20 (4787 palabras) Publicado: 28 de octubre de 2013
Tesis aislada

Época: Décima Época
Registro: 2004540
Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA DECIMA REGION
TipoTesis: Tesis Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: Libro XXIV, Septiembre de 2013, Tomo 3
Materia(s): Constitucional,Civil
Tesis: VIII.1o.(X Región) 8 C (10a.)
Pag. 2626

[TA]; 10a. Época; T.C.C.;S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIV, Septiembre de 2013, Tomo 3; Pág. 2626

PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD, CUSTODIA Y CONVIVENCIA. EL ARTÍCULO 418 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN, INTERPRETADO CONFORME CON LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y CON LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, TIENE EL ALCANCE DE IMPONER AL JUZGADOR LA OBLIGACIÓN DE PRONUNCIARSE SOBRE LACONVENIENCIA DE QUE SEAN ESCUCHADOS LOS MENORES QUE NO HAN ALCANZADO LA EDAD DE DOCE AÑOS EN LOS JUICIOS DE ESA NATURALEZA, ATENDIENDO A SU INTERÉS SUPERIOR.

El artículo 418 del Código Civil para el Estado de Nuevo León establece que tratándose de asuntos en los que se decidirá sobre la patria potestad, custodia y convivencia de menores, el juzgador tendrá la obligación de escucharlos cuandohayan cumplido doce años, y resolver lo que sea más conveniente a su bienestar, lo mismo se observará en los asuntos relativos a su formación y educación. De una interpretación conforme en sentido estricto, acorde con los derechos humanos reconocidos en los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los diversos 3, 9, 12, 19, 20, 21 y 27 de la Convención sobrelos Derechos del Niño, así como en la observación general número 12, aprobada en el quincuagésimo primer periodo del Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas, del veinticinco de mayo al doce de junio de dos mil nueve, se obtienen como principios fundamentales los siguientes: I. Se reconoce a la persona humana en su niñez, la necesidad de que crezcan en un ambientefamiliar, de felicidad, amor y comprensión para lograr un desarrollo pleno y armonioso; II. El derecho a dar su opinión y que ésta sea tomada en cuenta en todos los asuntos que les afecten, incluyendo los de carácter judicial y administrativo; III. Que no es necesario que el niño deba tener un conocimiento exhaustivo de todos los aspectos del asunto que lo afectan, sino una comprensión suficientepara ser capaz de formarse adecuadamente un juicio propio sobre el asunto; IV. Que el derecho del niño a expresar su opinión libremente, significa que no puede ser manipulado ni estar sujeto a una influencia o presión indebidas; y, V. Que es necesario tener en cuenta las opiniones del niño, en función de su edad y madurez, para lo cual debe precisarse que los niveles de comprensión de los niños,no van ligados de manera uniforme a su edad biológica, aunque sí a la experiencia, el entorno, las expectativas sociales y culturales y el nivel de apoyo. En consecuencia, el citado artículo 418, interpretado conforme a la Constitución General de la República y a la Convención sobre los Derechos del Niño, tiene el alcance de imponer al juzgador la obligación de establecer cuándo es procedente quese escuche a los menores de doce años, ya sea personalmente o mediante un representante especial, toda vez que dicho precepto no prohíbe que los menores de esa edad puedan ser escuchados en el juicio en el que se van a dirimir temas como la patria potestad, custodia y convivencia del propio menor; pues en ese aspecto la norma es amplia, por lo cual, el juzgador deberá realizar un juicio deponderación, que no es otra cosa que delimitar pesos y contrapesos para establecer cuándo se está ante el interés superior del menor como derecho fundamental. Lo que se entiende de manera razonada, porque ese interés podría encontrarse en colisión, cuando su intervención en el juicio, lejos de ser en su beneficio, le afecte, por ejemplo, cuando con el afán de que sea escuchado, se le obligue a emitir...
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