Tutela Por No Resolver Derecho De Peticion
JUEZ PROMISCUO MUNICIPAL DE LEIVA NARIÑO
E. S. D.
I.- ASUNTO: ACCIÓN DE TUTELAAMPARO DE DERECHO DE PETICIÓN (Art. 23 Constitución Nacional y Art. 22 del Código ContenciosoAdministrativo.)
ARMANDO RODRIGUEZ ,mayor de edad, con domicilio en la cabecera municipal de Leiva Nariño, sin nomenclatura, portador de la cédula de ciudadanía No.79401273 de Bogotá, Concejal de estemunicipio, actuando en mi propio nombre con todo respeto manifiesto á usted que en ejercicio del derecho de tutela consagrado en el artículo 86 de la Constitución Política y reglamentado por el Decreto 2591de 1991, por medio del presente escrito formulo acción de tutela contra EL PRESIDENTE DELCONCEJO MUNCIPAL DE LEIVA NARIÑO representado legalmente por el señorJHON FABIO ORTIZ ANDRADE o quién hagasus veces, con domicilio en cabecera municipal de esta localidad a fin de que se le ordene dentro de un plazo prudencial perentorio, en amparo de mi derecho fundamental de petición, sean absueltas missolicitudes formuladas a esa corporación, mediante escritos de fechas5 de septiembre.y septiembre 17 de 2012
II.- LOS DERECHOS FUNDAMENTALES VIOLADOS
Con el proceder que más adelante sedetallará, considero que se ha vulnerado el derecho fundamental consagrado en el artículo 23 de la Constitución Nacional consistente en el DERECHO DE PETICIÓN,en concordancia con el artículo 22 del CódigoContencioso Administrativo.
III.- EL HECHO
En escrito de fecha 5 de septiembre del año en curso solicité a la Secretaria del Honorable Concejo Municipal de Leiva Nariño se me expidiera copiaauténtica del oficio mediante el cual el HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LEIVA Nariño en cumplimiento de una proposición aprobada el pasado 14 de agosto del presente año solicita a la ContraloríaGeneral del Departamento se efectúe una auditoriaa las Secretarias General y Secretaría de Hacienda, Municipales; como también a laa la Empresa Social del Estado, ESE San José de Leiva. Igualmente el 17...
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