ULTIMAS REFORMAS EN MATERIA MERCANTIL

Páginas: 29 (7169 palabras) Publicado: 13 de julio de 2014
Viernes 13 de junio de 2014

DIARIO OFICIAL

(Primera Sección)

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SECRETARIA DE ECONOMIA
DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Comercio, de la Ley
General de Sociedades Mercantiles, de la Ley de Fondos de Inversión, de la Ley General de Títulos y Operaciones
de Crédito, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley Orgánica dela Administración Pública Federal, en relación
con la Miscelánea en Materia Mercantil.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia
de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DELOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO DE COMERCIO, DE LA LEY
GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES, DE LA LEY DE FONDOS DE INVERSIÓN, DE LA LEY GENERAL DE
TÍTULOS Y OPERACIONES DE CREDITO, DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS Y DE LA LEY ORGANICA DE LA
ADMINISTRACION PÚBLICA FEDERAL, EN RELACIÓN CON LA MISCELÁNEA EN MATERIA MERCANTIL.Artículo Primero. Se reforman los artículos 20; 21, fracción XX; 22; 27; 29; 32 bis 1; 32 bis 2; 32 bis 4,
párrafos segundo y séptimo; 32 bis 6; 390; 600, fracción I; 1061 bis; 1414 bis, párrafo segundo; se adicionan
los artículos 32 bis 4, con los párrafos tercero, octavo y noveno, recorriéndose los actuales párrafos tercero,
cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo a ser cuarto, quinto, sexto,séptimo, décimo y onceavo párrafos; 50 bis;
1061 bis; 1395, con un párrafo cuarto pasando los actuales cuarto y quinto párrafos a ser quinto y sexto; 1414
bis, con un último párrafo; y se derogan los artículos 16, fracción I; 17; 32 bis 4, fracción IV del Código de
Comercio, para quedar como sigue:
Artículo 16. ...
I. (Se deroga).
II. a IV. ...
Artículo 17. (Se deroga).
Artículo 20. ElRegistro Público de Comercio operará con un programa informático mediante el cual se
realizará la captura, almacenamiento, custodia, seguridad, consulta, reproducción, verificación, administración
y transmisión de la información registral.
El programa informático será establecido por la Secretaría. Dicho programa y las bases de datos del
Registro Público de Comercio, serán propiedad del GobiernoFederal.
La Secretaría establecerá los formatos, que serán de libre reproducción, así como los datos, requisitos y
demás información necesaria para llevar a cabo los asientos a que se refiere el presente Capítulo, previo pago
de los derechos establecidos por las entidades federativas. Lo anterior deberá publicarse en el Diario Oficial
de la Federación.
Artículo 21. Existirá un folioelectrónico por cada comerciante o sociedad, en el que se anotarán:
I. a XIX. ...
XX. Las garantías mobiliarias que hubiere otorgado, así como cualesquiera otros actos jurídicos por los
que constituya un privilegio especial o derecho de retención sobre bienes muebles a favor de terceros, en
los términos de lo dispuesto por los artículos 32 bis 1 a 32 bis 9 del presente Capítulo, información que deberáresidir en la base de datos nacional a que se refiere la Sección Única del presente Capítulo, de conformidad
con las reglas de matriculación establecidas en el Reglamento del Registro Público de Comercio.
Artículo 22. Cuando, conforme a la ley, algún acto o contrato deba inscribirse en el Registro Público de la
Propiedad o en registros especiales para surtir efectos contra terceros, suinscripción en dichos registros
será bastante.
Las dependencias y organismos responsables de los registros especiales deberán coordinarse con la
Secretaría de Economía para que las garantías mobiliarias y gravámenes sobre bienes muebles que hayan
sido inscritos en dichos registros especiales puedan también ser consultados a través del Registro Único de
Garantías Mobiliarias, en los términos que...
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