VARIOS
Ministerio de Poder Popular para la Educación Superior
Núcleo Universitario Rafael Rangel N.u.r.r
Pampanito Estado Trujillo
Obligaciones del patrono respecto a la Ley de la Alimentación al Trabajador.
Introducción.
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La Ley de la alimentación en Venezuela tiene por objeto regular el beneficio de alimentaciónpara proteger y mejorar el estado nutricional de los trabajadores y las trabajadoras, a fin de fortalecer su salud, prevenir las enfermedades ocupacionales y propender a una mayor productividad laboral. Este beneficio será cancelado atreves de los medios de Cesta tickets, cupones o tarjetas electrónicas
¿Cuáles son las obligaciones del patrono en Venezuela respecto a la Ley de Alimentaciónpara los Trabajadores?
La obligación del patrono es otorgar a sus trabajadores y trabajadoras el beneficio de una comida balanceada en la jornada de trabajo. Obligación expresada en su “Artículo 2” de la siguiente manera:
“Artículo 2. A los efectos del cumplimiento de esta Ley, los empleadores y las empleadoras del sector público y del sector privado, otorgarán a los trabajadores y trabajadorasel beneficio de una comida balanceada durante la jornada de trabajo.”
¿En qué consisten las obligaciones del patrono en Venezuela respecto a la Ley de Alimentación para los Trabajadores?
El Artículo 1 de la presente ley expresa lo siguiente:
“Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto regular el beneficio de alimentación para proteger y mejorar el estado nutricional de los trabajadores ylas trabajadoras, a fin de fortalecer su salud, prevenir las enfermedades ocupacionales y propender a una mayor productividad laboral.”
¿Cómo cancelan las obligaciones del patrono con respecto a la Ley de Alimentación para los Trabajadores?
“Artículo 4.- El otorgamiento del beneficio a que se refiere el artículo 2 de esta Ley podrá implementarse, a elección del empleador o la empleadora, delas siguientes formas:
Mediante comedores propios operados por el empleador o la empleadora o contratados con terceros, en el lugar de trabajo o en sus inmediaciones.
Mediante la contratación del servicio de comida elaborada por empresas especializadas en la administración y gestión de beneficios sociales
Mediante la provisión o entrega al trabajador o a la trabajadora de cupones, ticketso tarjetas electrónicas de alimentación, emitidas por empresas especializadas en la administración y gestión de beneficios sociales, con los que el trabajador o la trabajadora podrá obtener comidas o alimentos en restaurantes o establecimientos de expendio de alimentos o comidas elaboradas
Mediante la provisión o entrega al trabajador o la trabajadora de una tarjeta electrónica de alimentación,emitida por una empresa especializada en la administración de beneficios sociales, la cual se destinará a la compra de comidas y alimentos, y podrá ser utilizado únicamente en restaurantes, comercios o establecimientos de expendio de alimentos, con los cuales la empresa haya celebrado convenio a tales fines, directamente o a través de empresas de servicio especializadas.
Mediante lainstalación de comedores comunes por parte de varias empresas, próximos a los lugares de trabajo, para que atiendan a los beneficiarios y beneficiarias de la ley
Mediante la utilización de los servicios de los comedores administrados por el órgano competente en materia de nutrición.
Parágrafo Primero: El beneficio de alimentación no podrá ser pagado en dinero en efectivo o su equivalente, ni por otromedio que desvirtúe el propósito de la ley, salvo en los siguientes supuestos:
a) Podrá ser pagado en dinero en efectivo o su equivalente, cuando el empleador o la empleadora, con menos de veinte (20) trabajadores o trabajadoras, se le dificulte cumplir con el beneficio de alimentación, mediante las formas enumeradas en el presente artículo.
b) Podrá ser pagado en dinero en efectivo o su...
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