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Páginas: 35 (8664 palabras) Publicado: 16 de febrero de 2014
Diánoia, vol. 1, no. 1, 1955

LÓGICA

DEL JUICIO JURíDICO

Bajo el título que antecedepublicaré en breve el resultado de las investigaciones que he realizado en los tres últimos años, como miembro del Centro
de Estudios Filosóficos de la Universidad Nacional Autónoma de México.
El libro contienela primera parte de una Lógica del Derecho, y su objeto
consisteen estudiar la normajurídica como juícío.!
El punto de partida de mi trabajo está constituído por la tesis, expuesta
en una obra que vió la luz en 1951,2 que la lógica de lo normativo y, por
de
ende, la del derecho, deben ser vistas como un complemento -y no come
simple apllcacion-: de la de los juicios predicativos o enunciativos.
Indudablemente,las normas son juicios, mas de un carácter sui generis.
Esto se haadmitido siempre,y por ello se habla de cuatro especiesde proposicionesy, paralelamente,de otrastantasclasesde pensamientos:enunciativos,
optativos, interrogativos e imperativos. La lógica tradicional se refiere a los
primeros, y sus principios sólo a' éstos son aplicables. La jurídica, en cambio,
estudia los del último grupo, y puede considerarse,por tanto, como una rama
o caso especial de ladel deber.
Si la del derecho no es la de los juicios predicativos, sino una extensión
o complementode ésta,fácil será demostrar:
. 19. Que las normasson juicios auténticos,aun cuando no de índole enunciativa;
29. Que esosjuicios, precisamentepor referirse al orden del deber, difieren esencialmentede los que la doctrina tradicional toma en cuenta;
39. Que, por esto mismo, la estructuralógica de aquéllos y, especialmente,la de los preceptosdel derecho,es distinta de la de las enunciaciones,o
l
que determinauna serie de diferenciasentre los elementosintegrantesde esos
juicios y entre los nexos de fundamentación válidos para cada gmpo;
49. Que mientraslos enunciativosson oerdaderos o falsos, segúnque concuerden o no con las situaciones objetivas que pretenden describir, de losnormativosno puede afirmarseque tenganesosatributos,pues los que en realidad les convienenson los de validez e invalidez;
59. Que estas últimas determinaciones no pueden reducirse a las de
verdad y falsedad,lo que ofrece el mejor argumentocontra la tesis de que la
lógica de las normas es una mera aplicación, al campo jurídico, de la aristotélíco-tomísta."
Las otras dos partes son la lógica delconcepto y la lógica del raciocinio iurídicos.
Eduardo Carcía Máynez, Introducción a la Lógica Jurídica, Fondo de Cultura
Económica, México, 1951.
3 Como lo sostiene, por ejemplo, Ulrich Klug en su [uristische Logik, Berlín, 1951',
Einleitung.
1

2

[ 31

4

EDVARDO

CARCtA

MÁYNEZ

Si todo ello es cierto, la razón de tales diferencias tendrá que obedecer
a la índolepeculiar de los objetosa que los juicios normativosse refieren, lo
que en el fondo equivale a declarar que las discrepanciasde orden lógico
tienen un fundamentoontológico, y que a la lógica del deber ser corresponde
Una ontología de lo normativo, de la que la Ontología Formal del Derecho
es sólo una rama."
1.

Proposición jurídica y norma de derecho

El primer capítulo de la obra queresumenestaspáginasestá consagrado
a la distinción entre juicios y proposiciones, tanto desdeel punto de vista de
la enseñanzatradicional, como desde el que debe asumir el lógico del derecho.
Siguiendo a Pfánder, doy el nombre de pr~sici6n a la envoltura lingüística del juicio. Usada de estemodo,la palabra no serefiere al plano lógico
de las significaciones, sino al puramentegramatical de las formasverbales.
. La diferencia resulta particularmentediáfana cuandose aplica a su estudio la doctrina de Husserl sobre los actos de expresión."
En cúanto jormas expresivas, las proposicionestienensiempreun aspecto
físico. Tratándosedel lenguajeoral tradúcenseen un conjuntode sonidos;en
el caso del escrito estánconstituídaspor una serie de signos.
Las expresiones que nos servimospara...
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