Zona Economica Exclusiva
Índice
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1 Régimen de los recursos vivos
2 Derechos de terceros Estados
3 Estados Independientes con ZonaEconómica Exclusiva
3.1 África
3.2 Asia
3.3 América
3.4 Europa
3.5 Oceanía
4 Véase también
5 Referencias
6 Bibliografía
7 Enlaces externos
Régimen de los recursos vivos[editar]
Teniendo en cuenta losparámetros científicos más fidedignos de que disponga, cada Estado asegurará, mediante medidas adecuadas de conservación y administración, que la preservación de los recursos vivos de su zona económicaexclusiva no se vea amenazada por unexceso de explotación.
Cuando el Estado ribereño no tenga capacidad para explotar toda la captura permisible, podrá dar acceso a otros Estados al excedente de lacaptura permisible, mediante acuerdos u otros arreglos.
La Convención del Mar (CONVEMAR), en el art. 56 menciona derechos, jurisdicción y deberes del Estado ribereño en la zona económica exclusiva:
1.En la zona económica exclusiva, el Estado ribereño tiene:
a) Derechos de soberanía para los fines de exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales, tanto vivos comono vivos de las aguas suprayacentes al lecho y del lecho y el subsuelo del mar, y con respecto a otras actividades con miras a la exploración y explotación económica de la zona, tal como laproducción de energía derivada del agua de las corrientes y de los vientos;
b) Jurisdicción, con arreglo a las disposiciones pertinentes de esta Convención, con respecto a:
I) El establecimiento y lautilización de islas artificiales, instalaciones y estructuras:
II) La investigación científica marina;
III) La protección y preservación del medio marino;
c) Otros derechos y deberes previstos en esta...
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