C. Ricardo Alberto de la Cruz Cervantes
recomendaciones
para el uso
no sexista del
lenguaje
segunda edición
© Conapred 2009, segunda edición
10 recomendaciones para el uso no sexista
del lenguaje, Textos del caracol, núm. 1.
Dante núm. 14, col. Anzures,
Del. Miguel Hidalgo,
11590, México, df.
Supervisión y desarrollo de contenidos:
Yamileth Ugalde Benavente (Inmujeres)
Aurora Morales Delgadillo (Inmujeres)
CeliaBarreto Estrada (stps)
María de la Paz Valenzuela Gómez (Conapred)
Edición: Juan Manuel Ramírez Vélez
Fotografía: Antonio Saavedra
Fotoarte: Elías Cruz Rios
Ilustración: Myrna Denisse Vidrio Jáuregui
isbn:
978-607-7514-20-6
Se permite la reproducción total o parcial de este material
previa autorización escrita por parte de la institución.
Impreso en México
Printed in Mexico
Ejemplargratuito. Prohibida su venta.
Índice
Prólogo a la segunda edición 5
Lenguaje y sexismo 9
I. Uso del genérico universal
11
II. Uso de abstractos
12
III. Uso de artículos y pronombres
13
IV. Uso de diagonales y paréntesis
en los vocativos
15
V. Uso de títulos académicos
y ocupaciones
16
VI.Uso de las formas de cortesía
18
VII. Uso de la arroba (@)
19
VIII. Significados sexistas
19
IX. Uso de imágenes no sexistas
21
X. Lenguaje gestual
23
Glosario
25
Normatividad sobre el uso no sexista
del lenguaje
27
Bibliografía
29
Prólogo a la segunda edición
“El significado de laspalabras y el sentido de las
proposiciones está en su uso en el lenguaje”.
Ludwig Wittgenstein
Según la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (lfped), ésta se define como “toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica,
condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones,preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por
efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de
los derechos y la igualdad real de oportunidades de las
personas”.
En este sentido, el rasgo central de la discriminación es
el efecto que tienen la exclusión y el trato diferenciado en el
acceso y ejercicio pleno de los derechos humanos. Por
ello se afirma que se trata de unproblema que agudiza
los desequilibrios sociales, dificulta el desarrollo de la democracia y la consolidación de las garantías individuales.
Como principio jurídico, el derecho a la no discriminación
fue reconocido por las Naciones Unidas como una condición indispensable para la protección de los derechos
humanos en 1948.1 De este hito a la fecha se han definido pactos, protocolos yconvenciones que especifican
los términos de la no discriminación hacia diversos grupos
vulnerados por ella, sujetos y condiciones particulares.
Entre las formas de discriminación, el sexismo es una
de las más extendidas y frecuentes en el mundo. Consiste
en el trato desigual y en la segregación de las personas
de un sexo por considerarlas inferiores a las del otro. Con
base en la diferencia sexual,las mujeres históricamente
han sido y son discriminadas.
La discriminación sexual sucede de múltiples formas y
en todos los ámbitos de la vida social: en el trabajo, la casa,
la política, los medios de comunicación y, por supuesto, en
el lenguaje. Las lenguas son sistemas de comunicación
que reflejan las visiones y concepciones presentes en las
sociedades; éstas suelen establecer unadiferencia social
1
Véase onu, Declaración Universal de los Derechos Humanos.
5
entre los sexos que se refleja y transmite a través de los
significados asignados a las palabras, los discursos, las expresiones del habla, las imágenes y los códigos gráficos.
Dada la influencia del sexismo lingüístico en el reforzamiento y reproducción de la desigualdad entre mujeres y
hombres, los...
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