E 23069 05

Páginas: 43 (10706 palabras) Publicado: 12 de abril de 2015
Proceso No 23069

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE C ASACION PENAL


Aprobado Acta No. 48
Magistrado Ponente:
Dr. MAURO SOLARTE PORTILLA


Bogotá, D. C., quince de junio de dos mil cinco.

EXTRACTO JURISPRUDENCIAL – NUEVA LEGISLACIÓN.
Diferencia entre falsedad ideológica y falsedad material.

La falsedad ideológica en documentos es por definición un atentado al deber de veracidad.Se incurre en ella cuando el servidor público, o el particular, en ejercicio de la facultad certificadora de la verdad, hacen afirmaciones contrarias a ella, o la callan total o parcialmente, en un documento que puede servir de prueba. Algunas de sus principales características son, por tanto, que es un atentado al deber de decir la verdad, y que las afirmaciones mentirosas deben ser directamenterealizadas por el servidor público, o por el particular que extiende o suscribe el documento. En eso consiste la falsedad.

Es el caso, por ejemplo, de notario que certifica que una determinada persona asistió al otorgamiento de una escritura, no siendo ello cierto; o del juez que en el acta de una diligencia deja constancia de la presencia en ella de alguien que no concurrió; o del jefe depersonal que certifica que uno de sus empleados laboró durante determinados días, no siendo ello verdad; o del director de prisiones que certifica que un interno laboró durante determinados días, no habiéndolo hecho.

La falsedad material, en cambio, es un atentado a la integridad material del documento, a su genuinidad, que se presenta cuando el documento es creado totalmente, en cuyo caso se hablade falsedad material impropia, o cuando se altera el contenido material de uno existente, hipótesis conocida como falsedad material propia. Un ejemplo del primer caso sería el del sujeto que crea una cédula de ciudadanía o un pasaporte falso, y del segundo el del sujeto que altera el nombre del comprador en una escritura pública de compraventa de un bien inmueble, para hacer aparecer otro.Decide la Corte el recurso extraordinario de casación interpuesto por el defensor del procesado Laureano Castaño Buriticá contra la sentencia de 24 de junio de 2004, mediante la cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué lo condenó a la pena principal privativa de la libertad de 27 meses de prisión, como autor responsable de los delitos de peculado por apropiación en cuantía de $120.000,y falsedad ideológica en documento público. En la misma sentencia fueron también condenados Jorge Aldemar Carvajal Gómez y Luis Julián Hernández Mendieta a la pena privativa de la libertad de 6 meses de arresto, como autores del delito de peculado culposo.


Hechos y actuación procesal.


En septiembre de 1997, Cesáreo Gómez Peláez presentó denuncia penal contra Jorge Aldemar Carvajal Gómez (ex -Alcalde del Municipio de Casabianca –Tolima), Luis Julián Hernández Mendieta (ex – Tesorero), y Laureano Castaño Buriticá (Secretario General de la Alcaldía), por el doble pago a este último de viáticos por comisiones a la ciudad de Ibagué durante los días 6, 7, 13 y 21 de mayo de 1996, por valor de $120.000 (fls.1-25 del cuaderno principal).

La investigación estableció que las comisiones quesoportan los pagos dobles fueron ordenadas mediante Resoluciones Nos.199Bis de 4 de mayo de 1996 (fls.80/1), 199Bis de 6 de mayo de 1996 (fls.86/1), 212Bis de 11 de mayo de 1996 (fls.79), 213Bis de 13 de mayo de 1996 (fls.85), 216 de 18 de mayo de 1996 (fls.84/1), y 233 de 18 de mayo de 1996 (fls.78/1), suscritas por Jorge Aldemar Carvajal Gómez y Laureano Castaño Buriticá en condición de Alcalde ySecretario General, respectivamente, y que para probar su cumplimiento y obtener la orden de pago se aportó una constancia falsa, suscrita supuestamente por Mábel Jaramillo Díaz, en condición de Jefe de la Oficina de Recaudos de la Corporación Autónoma Regional del Tolima (CORTOLIMA).

En declaración bajo juramento, Mábel Jaramillo Díaz explicó que el formato en el cual fue elaborado el...
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