R.d. 1174/1983 de 23 abril
La desigualdad ante el sistema educativo en que se encuentran determinadas personas por razón de su capacidad económica,nivel social o lugar de residencia, exige que la política educativa tenga una proyección compensatoria e integradora. Si bien tal proyección debe constituir una referencia permanente de dicha política,difícilmente se evitará la
reproducción de la referida desigualdad si no se presta una atención preferente a los grupos de individuos cuyas condiciones de inferioridad son especialmente acusadasrespecto a las posibilidades que sistema escolar general ofrece.
La educación compensatoria aparece así como necesaria garantía para conseguir unos niveles mínimos de prestación del servicio públicoeducativo en todo el territorio español y para lograr la desaparición de las desigualdades apuntadas.
La preferente atención a sectores especialmente desfavorecidos se desarrollará a través de unprograma que, bajo una especial cobertura en los Presupuestos Generales del Estado atienda objetivos y lleve a cabo actuaciones bien definidos que van desde la constitución de servicios de apoyo escolar ycentros de recursos hasta la realización de inversiones en obras y equipamientos, pasando por el estímulo de la permanencia del correspondiente profesorado, el establecimiento de campañas dealfabetización y cursos especiales para jóvenes de catorce y quince años no escolarizados o la creación de específicas modalidades de ayudas al estudio. La situación de inferioridad ante el sistema educativopuede resultar más aguda si los grupos de población a que se ha hecho referencia habitan en áreas geográficas con unos indicadores que le confieran el carácter de deprimidas en su conjunto y de ahí quese prevea la consideración de tales áreas como zonas de actuación educativa preferente susceptibles de actuaciones urgentes y prioritarias.
Un programa como el definido, que aspira en última...
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