T 587A 12 PENSION DE SV ANTES DE LEY 100
ACCION DE TUTELA-Procedencia excepcional para reconocimiento y
pago de pensión de sobreviviente
PENSION DE SOBREVIVIENTES-Naturaleza, finalidad y requisitos
para su reconocimiento
JURISPRUDENCIA DEL CONSEJO DE ESTADO EN MATERIA
DE PENSIONES-Aplicación retrospectiva de la ley en pensión de
sobrevivientes
JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EN
MATERIA DEPENSIONES-Aplicación ultractiva de la ley en pensión
de sobrevivientes
DERECHO A LA PENSION DE SOBREVIVIENTESReconocimiento y pago
Referencia: expediente T- 3412816
Acción de tutela instaurada por María
Emma Arbeláez de Moreno en contra del
Instituto de Seguros Sociales - ISS.
Magistrada Ponente (E):
ADRIANA MARIA GUILLÉN ARANGO
Colaboró: Catalina Irisarri Boada
Bogotá, DC., el veintiséis (26) de julio dedos mil doce (2012).
La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los
magistrados Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Jorge Iván Palacio Palacio y
Adriana María Guillén Arango, quien la preside, en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente
SENTENCIA
Dentro del trámite de revisión de los fallos dictados por el Juzgado Noveno
Laboraldel Circuito de Medellín, el ocho (8) de noviembre de 2011 y la Sala
Laboral del Tribunal Superior de Medellín, el nueve (9) de diciembre de 2011,
en el asunto de la referencia.
I. ANTECEDENTES
De los hechos y la demanda.
1. María Emma Arbeláez de Moreno instauró acción de tutela en contra del
Instituto de Seguros Sociales – ISS, Seccional Antioquia, por considerar que
esta entidad vulneró susderechos fundamentales a la igualdad, debido
proceso, seguridad social, mínimo vital, dignidad humana y derechos de las
personas de la tercera edad, con base en los siguientes hechos y
consideraciones:
1.1. A raíz del fallecimiento del señor Miguel Angel Moreno Arias, esposo de
la peticionaria, el veintidós (22) de octubre de 1988, ésta solicitó ante la
Gobernación de Antioquia el reconocimiento ypago de la pensión de
sobrevivientes.
1.2. Por medio de resolución No. 1385 del veintiocho (28) de agosto de 1991,
la Gobernación de Antioquia negó la solicitud de la accionante, al encontrar
que el señor Moreno Arias no había cumplido con los requisitos exigidos por
la Ley 6 de 1945 y la Ley 33 de 1985 para acceder a la pensión, esto es veinte
(20) años de servicios continuos o discontinuos.Encontró la Gobernación que
en la medida en que sólo se acreditaban 6.572 días de trabajo servidos a
diferentes entidades oficiales, es decir 18 años y 2 días, no podía accederse a
la solicitud de sustitución pensional.
1.3. El 13 de mayo de 2010 la accionante, radicó ante la Seccional Antioquia
del Instituto de Seguros Sociales, en adelante ISS, solicitud de reconocimiento
y pago de la pensión desobrevivientes.
1.4. El ISS por medio de Resolución No. 23296 del 22 de diciembre de 2010,
negó la pensión solicitada, al considerar que la señora Arbeláez de Moreno no
cumplía con los requisitos establecidos en el Decreto 3041 de 1966, según el
cual se tendrá derecho al reconocimiento de la pensión de sobrevivientes,
cuando a la fecha del fallecimiento, el asegurado acredite 150 semanas
cotizadas en losseis años anteriores a la fecha de fallecimiento o 300 semanas
cotizadas en cualquier tiempo. Encontró el ISS que el señor Moreno Arias
había cotizado en el sector público un total de 924,29 semanas y ante el ISS un
total de 92,29 semanas de la siguiente forma:
Entidad
Periodo
Desde
Hasta
Total
días
Interr
up.
Días
Simult
an.
Días
Total
días
netos
Departamento 06/12/19 14/09/19
639
deAntioquia
52
54
Cerámicas el
01/08/19 07/05/19
646
Triunfo
70
72
Departamento 13/06/72 18/02/74
606
de Antioquia
Municipio de 25/03/74 16/04/76
742
El Carmen de
Viboral
Departamento 21/04/76 15/11/78
925
de Antioquia
Municipio de 23/11/78 09/04/80
497
El Carmen de
Viboral
Departamento 11/04/80 21/10/88 3071
de Antioquia
Total días de cotización al ISS
Total semanas de cotización al ISS
Total días...
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