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EN EL ESTADO CONSTITUCIONAL
Eduardo Ferrer Mac-Gregor
Como un elemento de la imagen del
mundo del tipo del “Estado constitucional”, nos atrevemos a afirmar que
los diversos Estados constitucionales
no existen más “para si”, sino que
de entrada constituyen una comunidad universal abierta. La referencia
al mundo y a sus semejantes en dicho
mundo (la humanidad)es un pedazo
de su noción de sí mismos…
Peter Häberle1
I. El paradigma de la supremacía jurídica
de la Constitución y del control
de constitucionalidad
de las leyes
En el presente 2010 no sólo conmemoramos el Bicentenario de la
Independencia y el Centenario de la Revolución de nuestro país,
sino también celebramos y recordar un acontecimiento sin el cual
no es posible en la actualidad entenderel funcionamiento de los
Estados constitucionales de derecho:2 el emblemático caso del
1 El Estado constitucional, estudio introductorio de Diego Valadés, trad. e
índices de Héctor Fix-Fierro, México, UNAM, 2003, p. 75.
2 Cuando se habla de “Estados constitucionales” se alude a sistemas jurídico-políticos que reúnen tres características: i) la existencia de una Constitución rígida o formal,diferenciada de la forma legal ordinaria; ii) el concepto
de Constitución responde a las pretensiones normativas del constitucionalismo
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Eduardo Ferrer Mac-Gregor
doctor Thomas Bonham, resuelto por el juez Edward Coke hace
400 años; precedente que se ha considerado el origen de lo que
posteriormente se convertiría en el principio de supremacía constitucional y del control judicial de laConstitución.
En este emblemático caso de 1610 se inaplicó, por el juez
presidente de la Court of Common Pleas (Tribunal de Agravios
Civiles o Comunes), una ley por contravenir los principios del
common law, es decir, los principios superiores que se crean por
la fuerza de los precedentes de los tribunales. Coke tiene en consideración varios precedentes judiciales para establecer la doctrina
por lacual los principios del common law se encuentran por encima de los actos del Parlamento, de donde deriva la posibilidad
de los jueces de controlar las leyes cuando sean contrarias a tales
principios y a la razón, pudiendo declararse inválidas en ciertas
circunstancias.3
Los hechos del caso consisten, de manera sucinta, en que el
doctor Bonham fue multado y encarcelado por haber incumplido
unadecisión del Real Colegio de Médicos de Londres (Royal College of Physicians), que le había prohibido ejercer la profesión
en dicha ciudad. Bonham presentó una acción por arresto falso o
político, relativas a la limitación del poder político y la garantía de los derechos, y
iii) debe ser una Constitución formal practicada, es decir, haberse consolidado
una práctica jurídica y política que permitaafirmar que de hecho en torno a la
Constitución se ha producido la estabilización de las conductas jurídicas y políticas de la comunidad de referencia, de forma que ella pueda ser considerada
norma fundamental. Cfr. Aguiló Regla, Josep, “Sobre la Constitución del Estado
constitucional”, Doxa, núm. 24, 2001, pp. 450-452.
3 Dice el fallo en su parte medular: “…And it appeareth in our Books, that in
manyCases, the Common Law doth controll Acts of Parliament, and somtimes
shall adjudge them to be void: for when an Act of Parliament is against Common right and reason, or repugnant, or impossible to be performed, the Common
Law will controll it, and adjudge such Act to be void; and, therefore, in 8 E. 3.
30 a, b. Thomas Tregor’s Case upon the Statute of West 2. Cap 38. and Artic’
Super Chartas, cap9. Herle saith, Some Statutes are made against Common Law
and right, which those who made them, would not put them in execution…”.
Cfr. Coke, Edward, The Selected Writings and Speeches of Sir Edward Coke,
Indianápolis, Steve Sheppard, Liberty Fund, 2003, vol. 1, cap. “Dr. Bonham’s
Case”, consulta http://oll.libertyfund.org/title/911/106343, el 28 de mayo de
2010.
EL control difuso de...
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