Abogado Ambiental

Páginas: 31 (7532 palabras) Publicado: 6 de octubre de 2014
LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA. EL NEXO CAUSAL. ULTIMAS
ORIENTACIONES JURISPRUDENCIALES.

Jesús Ernesto Peces Morate
Magistrado de la Sala Tercera
del Tribunal Supremo.

1

SUMARIO

I.

La responsabilidad como principio general del derecho.

II.

Diferencia entre la responsabilidad administrativa y las
prestaciones o ayudas de carácter social.

III.

La objetivación dela responsabilidad administrativa.

IV.

Compatibilidad de prestaciones.

V.

La responsabilidad administrativa en las relaciones de sujeción
especial.

VI.

El nexo causal.

VII.

Caracteres del nexo causal.

VIII.

La prueba del nexo causal.

IX.

La responsabilidad patrimonial derivada de la inactividad
administrativa.

X.

Responsabilidad patrimonial derivada defestejos populares
organizados o autorizados por los Ayuntamientos.

XI.

La responsabilidad administrativa y el caso fortuito o la fuerza
mayor.

XII.

Las transferencias de servicios y la responsabilidad patrimonial de
la Administración.

2

LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA. EL NEXO CAUSAL. ULTIMAS
ORIENTACIONES JURISPRUDENCIALES.

Jesús Ernesto Peces Morate
Magistrado de laSala Tercera
del Tribunal Supremo

I. La responsabilidad como principio general del derecho:
La causa de la reparación o indemnización de los daños y perjuicios
producidos por un acto ilícito o culposo, e incluso por la actividad sin culpa o
negligencia, está en el principio de responsabilidad, de manera que, aun
contemplada y regulada por la Ley, tiene su fuente o raíz en un principiogeneral del derecho, cual es que cada uno debe responder de sus propios
actos.

II. Diferencia entre la responsabilidad administrativa y las prestaciones o
ayudas de carácter social:
El principio inspirador de estas ayudas es el de solidaridad, de manera que
el Estado o las Administraciones Públicas se hacen cargo de la reparación de
daños y perjuicios causados por terceros.

3

Elsignificado de las ayudas públicas a determinadas víctimas o
perjudicados debe distinguirse del concepto de indemnización en sentido
estricto, pues la Administración no puede asumir sustitutoriamente las debidas
por el culpable o responsable de un hecho, razón por la que aquéllas solo
existen cuando la norma las establece con los criterios de preferencia o
moderación que la propia ley señala, demanera que existe una diferencia
sustancial entre las indemnizaciones reparatorias y las prestaciones
asistenciales, lo que justifica su diferente tratamiento jurídico, y, en concreto,
un diverso régimen para los titulares del derecho.
Las ayudas estatales a determinados ciudadanos o colectivos, afectados
por ciertas limitaciones o carencias, así como las previstas para las víctimas operjudicados de algunos hechos (como los delictivos), aunque en los textos
legales se denominen indemnizaciones, no pierden su genuino significado de
prestaciones basadas en el principio de solidaridad y no en el de
responsabilidad, pues, de lo contrario, se desnaturalizaría el sistema jurídico
de la reparación, arraigado en los principios de responsabilidad personal y de
autonomía de la voluntad,quedando sustituído por otro determinista y de
responsabilidad universal, en el que la sociedad asumiría todos los riesgos
generados en su seno y la Administración se constituiría en su aseguradora.
No cabe, pues, equiparar la obligación de resarcimiento que pesa sobre el
responsable de un hecho, aunque lo sea con carácter objetivo o por el
resultado, a la ayuda de quien, sin responsabilidadalguna, asume reparar un
daño o perjuicio.
Para fijar esas ayudas o prestaciones de carácter social, el legislador
dispone de un amplio margen de libertad en la apreciación de las
circunstancias socioeconómicas de cada momento a la hora de administrar
recursos limitados para atender a las necesidades sociales (Sentencia del
Tribunal Constitucional de 15 de noviembre de 1990-cuestión 1419/88)....
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