ALMACENES LIBRES
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
MATERIA: REGIMENES ADUANEROS
DOCENTE: GERMAN NARVAEZ
TEMA: REGIMEN 73 ALMACENES LIBRES
INTEGRANTES:
GRANDA ZAMBRANO JOHN
GUARANDA BAQUE MARIELLA
MONROY OYAGUE JUAN
CURSO: 6/64
CARRERA: INGENIERIA EN COMERCIO EXTERIOR
2015 – 2016
REGLAMENTO AL TITULO DE LA FACILITACIÓN ADUANERA PARA EL COMERCIO
Art. 175.- AlmacenesLibres.- El almacén libre es el régimen especial aduanero, de naturaleza liberatorio que permite el almacenamiento y venta de mercancías nacionales o extranjeras a pasajeros que salgan del país o que ingresen del extranjero, en puertos y aeropuertos internacionales, sin el pago de tributos al comercio exterior.
Art. 176.- Mercancías Admisibles.- Bajo este régimen especial aduanero podrán ingresar todotipo de bienes terminados posibles de ser vendidos a pasajeros que ingresan o salen del país, los que para su exhibición y venta deberán estar identificados con la leyenda “libre de tributos”.
La leyenda de identificación mencionada en el inciso precedente será requisito para la comercialización y exhibición, pero no para la importación, por lo que su colocación podrá efectuarse en las bodegaso establecimientos autorizados dentro del país.
Art. 177.- Instalaciones.- Este régimen especial aduanero deberá desarrollarse en instalaciones físicas autorizadas por la administración aduanera, debiendo rendir previo al inicio de sus operaciones, una garantía general ante la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.
La Dirección General establecerá las condiciones,requisitos y formalidades, necesarios para gozar de esta calificación.
Las Instalaciones podrán ser calificadas por un plazo de hasta cinco años, pudiendo renovarse por periodos similares cuantas veces se solicite y la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador lo estime conveniente.
Art. 178.- Conservación de la mercancía.- La mercancía ingresada bajo el régimen de almacén libre nopodrá ser objeto de procesos de transformación o elaboración que modifiquen su estado o naturaleza. Solo se podrán realizar acciones de agrupamiento o acondicionamiento de los embalajes con fines promocionales destinados a impulsar sus ventas, siempre que estos hechos no eliminen la posibilidad de identificar de manera individualizada los bienes.
Cuando las mercancías sujetas a este régimen, sedestruyan como parte del manipuleo propio del traslado, almacenamiento, exhibición y venta, considerándose destrucción situaciones que conlleven a su completa inutilización o aquellas derivadas de las que el producto no pueda ser comercializado, estos hechos deberán ser comunicados de manera inmediata a la Dirección Distrital de la Jurisdicción competente, la que efectuará un acta haciendo constar elevento así como el detalle de la mercancía afectada y, de considerarlo pertinente, podrá disponer la realización de una inspección para la constatación de aquellos bienes destruidos.
El almacén libre deberá cancelar todos los tributos al comercio exterior y demás gravámenes de todas las mercancías que hayan sido consumidas al interior del Almacén Libre con fines de degustación, promoción odemostración, así como de aquellas que se hayan dañado o deteriorado al momento de su exhibición y las que hayan sido sustraídas o extraviadas, con excepción de las mercancías que hayan arribado dañadas o en mal estado para su comercialización o consumo al almacén libre. Para este último caso, el almacén tendrá el plazo de 5 días contados a partir del día siguiente a la fecha de haber recibido lamercancía, para reportarle a la Aduana aquella que hubiere arribado dañada o en mal estado, pudiendo comunicarle también los sobrantes de mercaderías no declaradas en esa importación. En el caso de mercancías dañadas o en mal estado se procederá a su destrucción inmediata aplicando los procedimientos para el cambio de destino correspondiente, sin que esto genere el pago de tributos; mientras que en el...
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