articulo 23A y 23B OCDE
MÉTODOS PARA ELIMINAR LA DOBLE IMPOSICIÓN
ARTÍCULO 23 A MÉTODO DE EXENCIÓN
1. Si un residente de un Estado obtiene rentas o elementos patrimoniales sometidos a imposición en otro Estado, el primer Estado dejará exentas dichas rentas o elementos.
2. Cuando un residente de un Estado obtenga rentas que puedan someterse a imposición en el otro Estado contratante, el Estado (en primer lugar)admitirá la deducción en el impuesto del residente de un importe igual al impuesto pagado en ese otro Estado.
3. Las rentas obtenidas por un residente de un Estado o el patrimonio que posea, estén exentos de impuestos en ese Estado, dicho Estado podrá considerar las rentas o el patrimonio exentos a para calcular el importe del impuesto de dicho residente.
4. Lo dispuesto en el artículo 1 noaplica a la renta o al patrimonio de un residente de un Estado contratante cuando el otro Estado contratante aplica el Convenio para gravar el impuesto de dicha renta o patrimonio.
ARTÍCULO 23 B MÉTODO DE IMPUTACIÓN O DE CRÉDITO FISCAL
1. Cuando un residente de un Estado obtenga rentas o posea elementos patrimoniales que, pueden someterse a imposición en el otro Estado contratante, el Estado(primer lugar) admitirá: la deducción en el impuesto de ese residente de un importe igual al impuesto/patrimonio sobre la renta pagado en ese otro Estado. La deducción no podrá exceder de la parte del impuesto sobre la renta o el patrimonio, calculado antes de la deducción, de las rentas o el patrimonio que pueden someterse a imposición en ese otro Estado.
2. Las rentas/patrimonio obtenidas(os)por un residente de un Estado contratante que estén exentos de imposición en ese Estado, dicho Estado podrá, tener en cuenta las rentas o el patrimonio exentos a efectos de calcular el importe del impuesto sobre el resto de las rentas o el patrimonio del residente.
COMENTARIOS A LOS ARTÍCULOS 23 A Y 23 B RELATIVOS A LOS MÉTODOS PARA ELIMINAR LA DOBLE IMPOSICIÓN
1. La doble imposición jurídica,es el caso en que más de un Estado somete a imposición a una misma persona en concepto de la misma renta o del mismo patrimonio.
2. la doble imposición económica es el caso en que dos personas diferentes pueden ser gravadas por la misma renta o el mismo patrimonio. Si dos Estados quieren resolver esta imposición deberán hacerlo por medio de negociaciones bilaterales.
3.Puede existir dobleimposición jurídica internacional en tres casos:
a) cuando los dos Estados contratantes graven a una misma persona por su renta y su patrimonio totales
b) cuando una persona, residente de un Estado contratante obtenga rentas o posea patrimonios en el otro Estado contratante y los dos Estados graven estas rentas .
c) cuando los dos Estados contratantes graven a una misma persona, no residente nien uno ni en otro de los Estados contratantes, por las rentas que obtenga o por el patrimonio que posea en un Estado contratante.
4. la expresión “residente de un Estado contratante” es la sujeción impositiva de una persona conforme a la legislación nacional por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga y para el supuesto de dobleresidencia, criterios específicos que permiten determinar cuál de los dos Estados es el Estado de residencia (R) en el Convenio.
4.1 el artículo sólo se refiere a casos de sujeción tributaria integral concurrente. El conflicto en el caso de la letra a) puede no quedar resuelto si el mismo elemento de renta está sujeto a la sujeción integral de dos países, pero en momentos distintos.
4.2 el Estadodonde se han prestado los servicios será el Estado de la fuente a los efectos de la eliminación de la doble imposición por el otro Estado. Es irrelevante que el otro estado no grave al mismo tiempo, no importa que el otro Estado considere que grava como Estado de residencia en lugar de como Estado de la fuente.
4.3 Ahora bien, cuando los servicios considerados no se han prestado en ninguno de...
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