articulo jose rojas
Por: José Miguel Rojas Bernal
Nuestro ordenamiento jurídico no es uno que pueda ser entendido como un conjunto de compartimientos sin relación alguna sino, por el contrario, como un plexo de normas coordinadas (interpretadas) según principios tales como de jerarquía, competencia yespecialidad. En ese sentido, las fuentes del derecho conforman un orden en todo caso subordinado a la Constitución, que puede ser así enunciada como su norma hipotética suprema. Y es ella, precisamente, la que fija que es atribución del Congreso “dar leyes (…), así como interpretar, modificar o derogar las existentes” (art. 102º); es decir, en principio, el Congreso es identificado como aquel poder delEstado que ejerce “de manera natural” la función legislativa, amén de su carácter de órgano representativo, de cuyo debate político emana la legitimidad de las normas en su seno aprobadas (si bien en algunos casos dicho ejercicio viene limitado por algunos requisitos adicionales, como es el caso de las leyes orgánicas o de reforma constitucional).
No obstante lo anterior, y partiendo de lapremisa de que la separación de poderes no es más una separación radical sino auspiciada por el sistema de “check and balance”, la Constitución dispone que aquella función es pasible de delegación en el Poder Ejecutivo, poder del Estado que así legislará mediante decreto legislativo, si bien dentro de los límites fijados por el Congreso en su ley autoritativa (art. 104º)
Pues bien, este marcoconceptual puede ser visto como la regla general. En efecto, casi todo aspecto de la realidad posible de regulación normativa puede reconducirse a tal esquema.
Sin embargo, la propia Constitución se encarga de brindar un tratamiento especial para ciertas materias, siendo una de ellas la materia tributaria. Este aspecto tiene una explicación histórica, que puede resumirse en el principio “no taxationwithout representation”1. En efecto, se entiende que, siendo la potestad tributaria del Estado una que recae directamente sobre la propiedad privada, aquélla debe estar sometida a un requisito especial de legitimidad en su ejercicio: su exclusiva regulación por el Congreso2. Esta es la explicación del principio de reserva de ley en materia tributaria.
En este campo, no obstante, nuestra Constituciónha optado por establecer una reserva relativa (art. 74º)3; en efecto, el Poder Ejecutivo también puede crear, modificar o derogar tributos o establecer exoneraciones vía decreto legislativo, si bien con las limitaciones que la utilización de este instrumento normativo implica. Pero más aún, el referido artículo establece que “los aranceles (…) se regulan mediante decreto supremo”.
De entrada,cabe recalcar que la Constitución señala que el decreto supremo es un instrumento de reglamentación de las leyes (118º, 8); no obstante, puede advertirse que, en materia arancelaria, dicha fuente adquiere cierto carácter autónomo y suficiente, en razón de la competencia otorgada por el constituyente. Por ello, pese a que en los hechos se trata de un reglamento que termina regulando materiatributaria, dicha circunstancia no comporta una trasgresión al principio de reserva de ley entendido en sentido lato (es decir, como prohibición al Ejecutivo de normar en materia impositiva vía reglamentos y al Legislativo de realizar remisiones en blanco).
Pues bien, el presente trabajo busca delinear las razones que sustentan esta calificación del decreto supremo como segunda excepción al principio dereserva de ley en materia tributaria, así como la relación entre este instrumento normativo y la ley ordinaria del Congreso.
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La Constitución de 1993 establece en su artículo 74º: “Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o Decreto Legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan...
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